Las comisiones de Energía y Estudios Legislativos Primera del Senado hicieron las primeras modificaciones al paquete de iniciativas por la que se expide la ley de Hidrocarburos y se reforman la Ley de Inversión Extranjera, Ley Minera y Ley de Asociaciones Público Privadas, iniciativas complementarias de la reforma energética.
En un proyecto de dictamen, que será la base de discusión para este martes, se integraron modificaciones referentes a las facultades de la comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), que será la responsable de aprobar los planes de exploración y de desarrollo para la extracción de hidrocarburos, restándole esta atribución a la Secretaría de Energía como originalmente se había planteado.
Del apartado de revocación de asignaciones, se precisaron las conductas y condiciones que determinarán la rescisión administrativa de contratos. Será causa de anulación de un contrato el incumplimiento mínimo de trabajo, cuando existiera un accidente grave causado por dolo o culpa del asignatario y la emisión de información o reportes falsos.
Para ello, se estableció un procedimiento para que el asignatario, incluso, pudiera subsanar su falta y evitar la revocación en un periodo de 30 días naturales. Se estableció, además, un plazo de 90 días para que la CNH pueda revisar la procedencia de revocación e incluso reconsiderar las faltas administrativas.
En ese sentido, se contemplan modificaciones a las sanciones monetarias, agregando al catálogo de amonestaciones, el mal manejo de información que se obtenga de la exploración o extracción de hidrocarburos, así como la presentación de información falsa por parte de los concesionarios. Ambos actos derivarán en una multa que va de los 7 mil 500 a 225 mil salarios mínimos.
Los integrantes de las Comisiones de Energía y Estudios Legislativos, Primera, acordaron que la Secretaría de Energía, será la dependencia encargada de promover las rondas de licitación. La Sener establecerá el modelo de contratación correspondiente a cada licitación, para lo cual podrá elegir de, entre otros, los contratos de servicio, utilidad, producción compartida o de licencia.
También se delimitan funciones
La Secretaría de Energía emitirá los permisos de tratamiento y refinación de petróleo, procesamiento de gas natural, exportación e importación de hidrocarburos, gas licuado, petrolíferos y petroquímicos. Por su parte la Comisión Nacional de Hidrocarburos otorgará los permisos para el transporte, almacenamiento, distribución, comercialización y expendio al público de dichos hidrocarburos.
En lo relativo a transparencia y combate a la corrupción, se determinó que la Comisión Reguladora de Energía deberá incluir en los reportes públicos que tiene obligación de entregar, estadísticas mensuales sobre las actividades relacionadas con petroquímicos, Los participantes del sector también deberán hacer pública la información que se les solicite.
En el apartado de Uso y ocupación territorial, se pretende establecer lineamientos que ofrezcan certeza jurídica a contratistas para ocupar un espacio de algún particular, con fines de exploración y extracción de hidrocarburos bajo la justificación de que se trata de un “interés nacional”. En segundo lugar se establece que los pagos de la contraprestación se realizarán a través del Fideicomiso del Fondo Nacional de Fomento Ejidal a fin de dar seguridad a los ejidatarios afectados.
Las mencionadas modificaciones deberán validarse el día de mañana, durante la discusión de estos proyectos al interior de las comisiones unidas de Energía y Estudios Legislativos, Primera.