El Juzgado Séptimo de Distrito con sede en Sinaloa, otorgó la suspensión provisional para la importación de papa fresca de Estado Unidos por el posible riesgo de la expansión de una plaga que afecta a dicho producto, lo que podría generar un daño al medio ambiente en México.

 
Con base al juicio de amparo 382/2014, se concedió la suspensión provisional para la importación del tubérculo, y dejó sin efecto el “Acuerdo por el que se establecen las medidas de mitigación de riesgo para la importación de tubérculo papa a los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de marzo del 2014, emitido por la Sagarpa.
El principio in dubio pro natura adoptado por el juzgador, establece que ante la falta de base científica, basta la presunción de peligro o amenaza de daño al medio ambiente para detener la acción administrativa que genera tal riesgo.
La suspensión provisional concedida restringe la importación de papa fresca fuera de la franja de 26 kilómetros de la frontera norte de México, por lo que no se podrá introducir la misma hacia el interior del país.
Además que será necesario establecer acciones sanitarias que impidan una catástrofe ecológica, económica y social, derivada de la importación de papa fresca cultivada en el extranjero, sin métodos de contención estrictos y eficaces, para que brinden la certeza de que no ingresarían tubérculos contaminados con alguna plaga propia de una cuarentena.

 

 

Medida cautelar

Con la medida cautelar y la suspensión de los actos reclamados por la Sección Agrícola Especializada de Productores de Papa a la Asociación de Productores del Río Fuerte y otros, contra la Sagarpa, tienen por objeto evitar un daño mayor que puede ocasionarse tanto a los productores agrícolas como a la sociedad mexicana.
El juez de la causa consideró que el simple hecho que haya una alta probabilidad del ingreso de plagas en la papa extranjera, obliga a actuar de inmediato, e impedir la emisión de cualquier permiso o autorización por parte de las autoridades responsables, para el ingreso del producto fresco proveniente de los Estados Unidos.
Con la concesión otorgada el juez atiende al posible daño que se pudiera generar al medio ambiente, en caso de que se siguiera importando papa al interior del país.

 

 

Asimismo, la protección a derechos humanos como un medio ambiente adecuado y a la alimentación, debido a que una plaga podría afectar el abasto nacional de productos para alimentar a la población.
Al dejar sin efecto el “Acuerdo de Mitigación”, el impartidor de justicia determinó la aplicación de las disposiciones y procedimiento que prevé el “Acuerdo por el que se establece el módulo de requisitos fitosanitarios para la importación de mercancías reguladas por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en materia de sanidad vegetal”, de fecha 7 de febrero de 2012.