El Consejo General del INE avaló los lineamientos para la “organización de las elecciones de los dirigentes o dirigencias de los partidos políticos a través del voto universal y directo de sus militantes”, con cargo a sus prerrogativas y previa petición de las fuerzas políticas interesadas en ello.
De acuerdo a la resolución aprobada, los lineamientos serán aplicables a todos los partidos políticos que soliciten al INE la organización de la elección de sus dirigentes o dirigencias, exclusivamente para la modalidad de elección referida en los mismos.
Al respecto la consejera electoral Pamela San Martín Ríos advirtió que el INE no utilizará, en ningún caso, recursos propios para la organización y desarrollo del proceso electivo partidista interno del que se trate, según los lineamientos aprobados.
Los lineamientos también señalan que “en ningún caso el INE colaborará en la organización de un proceso electivo durante el proceso electoral federal, ni los partidos podrán solicitar su colaboración durante dicho periodo”.
Se reconoce que el INE, de acuerdo a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, tiene la atribución de organizar la elección de los dirigentes de los partidos políticos nacionales sólo cuando haya una solicitud sobre el particular, “y siempre con cargo a las prerrogativas del partido”.
Además los partidos podrán presentar su solicitud cuatro meses antes del inicio de su proceso electoral partidista, plazo que no será aplicable a las fuerzas políticas que la hayan presentado antes de la entrada en vigor de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales vigente desde el 23 de mayo de 2014.
Este es el caso del PRD, cuyo presidente Jesús Zambrano solicitó al INE ejercer su facultad para organizar la elección el 2 de mayo pasado, 21 días antes de que entrara en vigor la ley, por lo que es un hecho que el órgano electoral llevará a cabo dicho proceso electoral partidista.
Incluso el representante del PRD, Camerino Márquez Madrid, aprovechó la discusión de los lineamientos para reiterar la petición de que este órgano organice dicho proceso electoral interno, en el que participarán cinco millones de militantes de este partido a través del voto secreto y directo.
El proyecto establece que los partidos deberán presentar, además de la solicitud señalada, la lista de electores que participarán en dicho proceso electivo, así como cada uno de los cargos de dirigentes o dirigencias a elegir, su número, el método y modalidades de los comicios conforme su normatividad interna.
Una vez recibida la petición, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas del INE la revisará, y en un plazo no mayor a los 30 días naturales, a partir de la presentación de la solicitud, deberá determinar si procede o no llevar a cabo la organización de dicho proceso electivo.
Sin embargo, el Consejo General del INE tendrá la atribución final de aprobar el acuerdo general respectivo con el partido político del que se trate, así como el convenio general para la elección de los dirigentes o dirigencias partidistas.
Además, en la primera sesión extraordinaria de este viernes, que se prolongó por más de 10 horas, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) también aprobó su reglamento de sesiones.