Con una votación dividida de cinco votos contra cuatro, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la constitucionalidad del artículo que exige saber leer y escribir como requisito para aspirar a ser diputado local en Durango.

 

Como parte del estudio de diversas acciones de inconstitucionalidad en la que se pide invalidar las reformas de los artículos de la Constitución de Durango en materia electoral, ayer se votó el proyecto del ministros Sergio Valls, quien se encuentra ausente por motivos de salud, por ello, fue la ministra Margarita Luna Ramos la encargada de hacer la exposición.

 

En la votación final se concluyó que la fracción segunda del Artículo 69, que establece como requisito saber leer y escribir para ser diputado local en Durango , no es discriminatoria, ni violenta el precepto constitucional de que cualquier mexicano puede aspirar a un puesto de elección popular, así como votar y ser votado.

 

Los ministros a favor señalaron que no violenta la Constitución, ya que en ella no se establece cuáles son los requisitos por los cuales una persona puede aspirar a un puesto de elección popular.

 

En el proyecto aprobado , se detalló que dicho requisito no violan lo previsto en los artículos 35 y 116 de la Constitución Federal y el 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ni el 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

 

“El proyecto hace un estudio de proporcionalidad y razonabilidad, aduciendo que en el caso concreto este parámetro de instrucción es objetivo y razonable para efectos de la determinación de calidad como diputado local”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.

 

Hasta el momento de los nueve ministros presentes en la sesión, solo uno, Alberto Pérez Dayán, se pronunció a favor de la consulta, misma que consideró proporcional y razonable.

 

Los ministros a favor detallaron que el requisito de saber leer y escribir se encuentra en los niveles de preparación básica, leer y escribir el cual se debe tener para poder aspirar a un puesto de representación social.
Mientras tanto los ministros en contra, argumentaron que la medida es una discriminatoria, pues impide a un sector reducido de la sociedad ejercer el derecho a ser votado consagrado en la Constitución federal.

 

“Yo creo que esto sí tiene o incorpora, al menos para mí, por eso votaré en contra del proyecto, una condición donde sí se ven afectados derechos políticos de las personas”, dijo en sus momento el ministro José Ramón Cossío Díaz, quien confirmó su voto en contra.

 

Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena , dijo que el proyecto está equivocado en el sentido de que pretende declarar constitucional una norma que niega el derecho a ser votado a un grupo de la población, fundamentalmente por su condición social.

 

“El artículo primero de la constitución prohíbe expresamente la discriminación por, entre otros motivos la condición social de los segmentos de la población”, dijo.