El secuestro es uno de los delitos que han tenido un mayor repunte en el país, de enero a mayo de este año se han contabilizado 220 casos, es por ello que los que padecen este delito requieren de una asesoría para poder defenderse y demandar a sus agresores.

 

Los defensores públicos federales son parte importante en este proceso. De acuerdo con el Consejo de la Judicatura Federal, más de 2 mil 500 víctimas han sido representadas por estos litigantes especializados en poco más de tres años.

 

El organismo hace énfasis en que la privación de la libertad no es un delito exclusivo de las clases altas, ya que en los últimos años se han dado plagios de personas de cualquier estrato social y por quienes piden recompensas hasta de mil pesos.

 

“El Instituto cuenta con un cuerpo especializado y multidisciplinario de asesores jurídicos federales que prestan el servicio de representación jurídica de manera completa e integral a los afectados, haciendo valer sus derechos como víctima, ofendido o testigo del delito de secuestro”, dice un comunicado del CJF.

 

Organismos ciudadanos como Alto al Secuestro indica que el número que se registra ante las autoridades es mínimo y que la cifra negra, los secuestros que no se denuncian, llegan a ser 10 veces más de los que se denuncian.

 

“Desde el 11 de abril de 2011, el IFDP creó dicha área especializada, que desde su entrada en funciones, han prestado el servicio de representación jurídica de manera completa e integral”, indica el Consejo.

 

Los asesores, indica el CJF, están obligados en cada juicio a explicar las etapas y consecuencias legales de cada procedimiento; deben asistir a cada una de las diligencias y tienen que ejercitar todas las acciones que prevén las leyes ante los órganos de procuración y administración de justicia.

 

“De igual forma, y en atención al Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que afecten a niñas, niños y adolescentes, emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el servicio prestado por los especialistas del IFDP, se extendió a menores de edad que tienen el carácter de víctimas de cualquier delito en un proceso penal federal”, afirma.

 

Es de recordar que para la atención de este fenómeno delictivo, se expidió la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, publicada el 30 de noviembre de 2010, con el objetivo de establecer la distribución de competencias y coordinación entre la federación, las entidades federativas, Distrito Federal y los municipios.

 

Dicha Ley, reglamentaria de la Fracción XXI del artículo 73 constitucional, busca prevenir, sancionar y combatir el delito de secuestro, así como implementar los tipos penales y sanciones de aquellas conductas que atenten contra la seguridad, libertad personal y la vida de las víctimas que padecen la comisión de ese ilícito.