Para garantizar derecho a la privacidad y a la protección de datos personales, el IFAI debe presentar acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Telecomunicación y Radiodifusión, pidieron 219 organizaciones.

 

En una carta, las ONG comparten su preocupación por la violación del derecho a la privacidad y a la protección de datos personales que permiten varias disposiciones de la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobada por la Cámara de Diputados el 9 de julio.

 

Por ejemplo, destacan, el Título octavo de dicha ley (“De la colaboración con la justicia”, constituido por los artículos 189 y 190), vulnera el contenido esencial de los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de datos de carácter personal.

 

Los concesionarios de telecomunicaciones, los autorizados y proveedores de servicios, de aplicaciones y contenidos, están obligados a colaborar con las instancias de seguridad, (art.189) procuración y administración de justicia, en la localización geográfica, en tiempo real, de las personas a través de sus equipos de comunicación móvil (art. 190 fracción 1) y también a permitir el acceso a dichas instancias gubernamentales a una base de datos que contiene los detalles de todas las comunicaciones realizadas (metadatos) por los usuarios en el transcurso de los últimos dos años (art. 190 fracción 2).

 

De acuerdo con las organizaciones, tanto la geolocalización como la retención de datos personales por parte de los concesionarios de telecomunicaciones y, el acceso directo de las autoridades gubernamentales a esta información, en las condiciones definidas en esta nueva ley, vulneran derechos fundamentales de la ciudadanía.

 

“Si bien reconocemos que las autoridades necesitan utilizar estas herramientas en contra de la delincuencia, es necesario que el Estado garantice que no serán utilizadas de manera arbitraria, discriminatoria y sin ningún control”.

 

“En ningún caso se establecen salvaguardas como el control judicial, ni otras medidas como la transparencia estadística o el derecho de notificación al usuario, aun cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que este tipo de datos se encuentra protegido por la inviolabilidad de las comunicaciones privadas”.

 

Entre las organizaciones firmantes están la Agencia Familiar Binacional, Agenda LGBT, Albergue de Migrantes Hermanos en el Camino, Alianza Cívica, AMEDI, Amnistía Internacional y Artículo 19.