Las “omisiones” del juez de proceso fueron el fundamento principal para proteger a Gastón Azcárraga Andrade, ex presidente de Mexicana de Aviación, quien gracias a ello obtuvo un amparo que lo salvó de ser acusado por el uso de recursos de procedencia ilícita.
Eso es, a detalle, lo que indica la versión pública sobre la principal acusación contra el empresario, cuya copia obra en manos de 24 HORAS, y que se sobreseyó (canceló) cuando el juzgador otorgó la orden de aprehensión sin reclasificar el delito.
Hasta el momento, no se han reclasificado la acusación por el de fraude, como ordenó el juez de amparo, y la PGR tampoco ha impugnado la determinación judicial, como consecuencia, no se ha girado una nueva orden de aprehensión contra el empresario.
En este sentido, la sentencia no ha sido cumplida, ni se ha repuesto el procedimiento como ordenó el juez; aunque las autoridades ministeriales y judiciales se encuentran en tiempo y forma para hacerlo.
Azcárraga Andrade compró 95% de las acciones de Grupo Mexicana en 2005; en agosto de 2010 dejó de operar junto con sus filiales Link y Click, y para septiembre comenzó el concurso mercantil. El 4 de abril de 2014 se declaró la quiebra.
Sin justificación legal
En febrero de este año la Procuraduría General de la República (PGR) consiguió la orden de aprehensión por operación de uso de recursos de procedencia ilícita, y en junio otra por violaciones a la Ley Nacional Bancaria, la cual sigue vigente.
De acuerdo con el documento oficial, el juez Séptimo de Distrito de Amparo ordenó a su homólogo del Juzgado 14 de Procesos Penales dejar sin fundamento la orden de aprehensión en contra del empresario, o reclasificar el delito de uso de recursos de procedencia ilícita por el de fraude.
Y es que, según los fundamentos del juez de amparo, no hubo una justificación legal para fundamentar, a través de las pruebas aportadas por la PGR, la comisión del delito de uso de recursos de procedencia ilícita, ya que esta figura legal sólo se aplica en los casos de delincuencia organizada y los delitos contra la salud, en su modalidad de narcotráfico, de acuerdo con el artículo 400 bis del Código Penal Federal aprobado en 1995.
“Sobresee por inexistencia y ampara, pues en la orden de aprehensión la responsable fue omisa en exponer cuáles fueron los indicios que obtuvo de las pruebas que lo llevaron a concluir que los recursos son las ganancias de la comisión de algún delito”, fue uno los resolutivos de la sentencia del juez Séptimo de Distrito en su versión pública divulgada por el Consejo de la Judicatura Federal.
“…a fin de reparar las violaciones cometidas y restituir al quejoso en el goce de sus garantías, lo procedente en derecho es declarar la inconstitucionalidad del acto reclamado y conceder el amparo y protección de la Justicia de la Unión solicitados por…, para el efecto de que el juez responsable deje insubsistente la orden de aprehensión de quince de febrero de dos mil catorce, y con plenitud de jurisdicción dicte una nueva resolución, que podrá ser en el mismo sentido de la aquí reclamada, o bien, en sentido diverso si así procediere…”.
De acuerdo con la sentencia de amparo 221/2014, el Ministerio Público federal no pudo acreditar con las pruebas que los recursos obtenidos hayan procedido de una manera ilícita, pues derivan de la creación del Fideicomiso F/589 creado por Grupo Mexicana de Aviación para la venta de acciones y de esa manera salvar a la empresa de la quiebra.
Azcárraga favoreció a sus empresas hoteleras con recursos de Mexicana de Aviación, a la que finalmente llevó a la quiebra. En 2006, el empresario creó con 198 millones de la aerolínea el Fideicomiso 589, supuestamente para financiar un plan de remuneraciones para los empleados.
Sin embargo, la Unidad Especializada en Análisis Financiero de la PGR encontró que con los recursos del Fideicomiso compró acciones de Mexicana a Administradora Profesional de Hoteles, filial de su empresa Grupo Posadas, por 197 millones 971 mil 395 pesos, y el mismo día transfirió a Posadas 110 millones 700 mil 380 pesos.