La Suprema Corte de Justicia de la Nación presentará el Protocolo de Actuación para los juzgadores federales y locales en los casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género.
El documento fue elaborado por la Presidencia de la SCJN como herramienta de apoyo para los impartidores de justicia y se cumpla con el mandato constitucional y convencional de hacer realidad el derecho a la igualdad para grupos vulnerables, como la comunidad lésbico-gay.
Bajo el principio de respeto de la autonomía e independencia judicial, el Protocolo se dirige a quienes imparten justicia a nivel local y federal, pero será útil a las personas e instituciones involucradas en los procesos de acceso a la justicia, a los operadores jurídicos, así como a la sociedad en general.
Sin embargo, sólo es un compendio de sugerencias y opiniones, que no son propiamente vinculantes, por lo cual los impartidores de justicia no están obligados a aplicarlos.
También pretende referir a las situaciones que pueden conducir a violaciones de los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBT), así como a los principales estereotipos a los que se enfrentan.
El documento será una herramienta de orientación para los juecesporque desarrolla una serie de consideraciones y sugerencias, a partir de derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales y nacionales, en torno a casos en los que se involucre la orientación sexual o la identidad de género.
Lo que se busca es auxiliar la labor de quienes imparten justicia en casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género, haciendo visible las situaciones que pueden enfrentar las personas LGBT, informando sobre los derechos humanos que las protegen y sugiriendo consideraciones prácticas que pueden ser útiles para resolver casos jurisdiccionales.
El Protocolo está respaldado en un amplio ordenamiento jurídico nacional e internacional en torno a la protección de derechos humanos de cualquier persona
El punto de partida es el mandamiento constitucional y convencional de promover, respetar, proteger y garantizar, bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, todos los derechos humanos.
El documento parte de dos derechos transversales, el derecho al libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la igualdad y a la no discriminación; a la identidad, familia, libertad, al trabajo, salud, educación, libertad de expresión, libertad de asociación, integridad personal, a la vida, y al acceso a la justicia.
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