La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) presentó denuncia penal contra Buena Vista del Cobre y/o Minera México, por su presunta responsabilidad en el derrame de casi 40 mil metros cúbicos de lixiviados de Sulfato de Cobre Acidulado.
La acción, interpuesta ante la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente Previstos en Leyes Especiales (UEIDAPLE), de la Procuraduría General de la República, imputa a las compañías la probable comisión de delitos contra el ambiente.
La Profepa explicó en un comunicado que ambos delitos están previstos y son sancionados por el Artículo 414 del Código Penal Federal, que señala hasta nueve años de prisión y 300 mil días de salarios mínimos a los responsables.
Detalló que determinó la denuncia a partir de que se tuvo a la vista el acta de inspección número 08082014-SII-I-062, tras cumplir la orden de inspección PFPA/32.2/2C.27.1/113-14, levantada el 8 de agosto por la Profepa en Sonora.
A criterio de la procuraduría ambiental, las mineras ocasionaron un derrame de 40 mil metros cúbicos de lixiviados de sulfato de cobre acidulado, detectado a las 10:00 horas del 6 de agosto.
En principio, ese material se vertió sobre un arroyo denominado Las Tinajas o Rastritas, localizado aguas abajo del represo Tinaja 1, siguiendo una trayectoria de 89 kilómetros en el municipio de Cananea.
En consecuencia, la Profepa levantó la denuncia por delitos contra el ambiente previstos y sancionados por el Código Penal Federal, a las empresas y/o quien o quienes resulten responsables, con domicilio en el municipio de Cananea.
De acuerdo con el numeral 414 del Código Penal Federal, se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de 300 a 320 mil días de multa al que ilícitamente o sin las medidas de prevención o seguridad, realice actividades con sustancias consideradas peligrosas por sus características y que cause daño a los recursos naturales.
Además, la Profepa ordenó ya una visita de inspección en materia de impacto ambiental a todas las instalaciones de la empresa Buena Vista del Cobre, a fin de verificar el cumplimiento de los términos y condicionantes de su autorización en materia de impacto ambiental.
Lo anterior, sin perjuicio del procedimiento administrativo ya iniciado por violaciones a la Ley General de Gestión de Residuos y a la NOM-159-SEMARNAT-2011, que se resolvería en un plazo no mayor a 60 días hábiles y cuya multa pudiera llegar a los 50 mil salarios mínimos.
A esto se suma el juicio por Responsabilidad Ambiental que podría entablarse en el marco de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, donde la sanción económica para la empresa podría alcanzar 40 millones de pesos, con independencia de la reparación de los daños ocasionados por la emergencia ambiental.
GH