La Secretaría de Salud (SSA) redujo los límites permisibles de concentración de partículas suspendidas PM10 y PM2.5 en el aire ambiente, y dio a conocer los criterios para su evaluación, a fin de proteger la salud de la población.

 

Estos datos se concentran en la Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA1-2014, que deja sin efectos la modificación a la NOM-025-SSA1-1993, Salud ambiental y criterios para evaluar la calidad del aire ambiente, con respecto a material particulado publicada el 26 de septiembre de 2005.

 

De esta manera, la NOM es de observancia obligatoria en todo el país, para las autoridades federales y locales que tengan a su cargo la vigilancia y evaluación de la calidad del aire.

 

La disposición detalla que para efectos de protección de la salud de la población más vulnerable se establecen dos valores límite, tanto para las concentraciones ambientales de las Partículas Menores (PM) a 10 micrómetros PM10 como de las PM2.5.

 

Ahora, para las partículas menores a 10 micrómetros PM10 el límite de 24 horas es de 75 microgramos de metro cúbico (μg/m3), como promedio de 24 horas, y el límite anual: 40 μg/m3, como promedio anual.

 

En tanto, que para las partículas menores a 2.5 micrómetros PM2.5 el límite de 24 horas es de 45 μg/m3, como promedio de 24 horas, y el límite anual por 12 μg/m3, como promedio anual.

 

La vigilancia de la aplicación de esta norma que entrará en vigor a los 60 días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial corresponde a la SSA y a los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia.

 

En el documento se explican los métodos para el manejo de datos, así como los cálculos necesarios para determinar el cumplimiento de esta Norma

 

Estudios epidemiológicos relacionan la exposición a PM10 y PM2.5 con un incremento en la mortalidad por causas no externas, principalmente cardiovasculares y respiratorias; también con la mortalidad postneonatal.

 

Una evaluación de impacto en salud efectuada por el Instituto Nacional de Salud Pública en la Zona Metropolitana del Valle de México, señala que, pasar de un valor de 50 μg/m3 de concentración anual de PM10 a 40 μg/m3 evitaría mil 38 defunciones al año y con una disminución de 20 μg/m3, se evitarían hasta dos 306 defunciones.  DM