1. ¿Qué es la Gendarmería?
Una nueva División de la Policía Federal conformada por 5.000 integrantes
2. ¿Qué hará?
A partir de un nuevo modelo de operación policial contribuirá a fortalecer las capacidades institucionales y la presencia territorial para que los mexicanos puedan desarrollar sus actividades con tranquilidad. La nueva División protegerá la seguridad de las personas y las fuentes de trabajo relacionadas con los ciclos productivos que se encuentren en riesgo frente a amenazas de la delincuencia organizada. La Gendarmería realizará acciones de seguridad para prosperar.
3. ¿Dónde lo hará?
En las entidades federativas y municipios donde inicie y concluya un ciclo productivo que sea necesario proteger por estar en riesgo frente posibles actividades de la delincuencia organizada.
4. ¿Cómo se definirá?
Conforme al análisis de las bases de datos de información delictiva y de los principales indicadores económicos y las opiniones técnicas que en su caso se recaben.
5. ¿Cómo se medirán sus resultados?
Además de los indicadores tradicionales relacionados con el número de personas detenidas, de objetos ilícitos asegurados o de kilómetros patrullados, se desarrollará una nueva generación de indicadores que permitirán establecer, en ejercicios comparativos, si con la presencia de la División de Gendarmería se logró la producción esperada, si aumentó la ocupación hotelera o si se incrementaron los empleos formales, por ejemplo.
6. ¿Cuándo se desplegará?
Cuando inicie un ciclo productivo a proteger y hasta que éste concluya, conforme a una planeación y calendarización. Su presencia no es reactiva sino de prevención policial.
7. ¿Cómo realizará su despliegue operativo?
Mediante tres modelos: En cuarteles móviles cuando el despliegue operativo sea de unos días y hasta de tres meses. En cuarteles semifijos cuando la presencia sea de hasta seis meses. En cuarteles fijos cuando se requiera una permanencia mayor a seis meses.
8. ¿Con qué especialidades contará?
Con un agrupamiento de caballería y con agrupamientos de operaciones especiales, reacción, proximidad social, seguridad rural, seguridad fronteriza y proximidad turística.
9. ¿Cuál es su fundamento constitucional?
El artículo 21 de la Constitución en tanto que forma parte de la Policía Federal, institución de seguridad pública de carácter civil, disciplinado y profesional; así como los artículos 1o. y 5o. de la Constitución por lo que se refiere a la protección de un derecho fundamental: que nadie impida a las personas trabajar en las actividades lícitas que decidan. Asimismo, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley de la Policía Federal y su Reglamento y el Código Nacional de Procedimientos Penales.
10. ¿Dónde comenzará su operación?
Se cuenta ya con planes para proteger diferentes ciclos productivos. Para no afectar su desarrollo, en breve se darán a conocer conforme inicie cada despliegue.