El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ratificó determinación  del tribunal colegiado al considerar que elementos de las fuerzas armadas acusados de delitos contra la salud, fueran juzgados por un tribunal militar.

 

Al resolver el amparo directo en revisión 363/2013, y con seis votos a favor y cuatro en contra la Corte consideró que pese de tratarse de delitos del fuero federal, cometidos por militares, pero sin la implicación de civiles, debían ser juzgados en el ámbito castrense, como si se tratara de faltas a la disciplina militar.

 

En este sentido la ministra, Margarita Luna Ramos, dijo que en estos casos al no existir ningún civil involucrado, y  como la constitución lo determina,  quien debe conocer o es competente para juzgar, es el tribunal militar, por tanto está correctamente interpretado el Artículo 57 fracción segunda.

 

En contraste cuatro ministros votaron en contra, entre ellos, Juan Silva Meza, presidente de la SCJN, al considerar que lo adecuado era amparar a los militares para que fueran procesados por la justicia civil, pues el delito que cometieron al  permitir el paso de droga, afectaba directamente a los integrantes de la sociedad a pesar de no estar involucrado ningún civil.

 

“En atención a las razones que, invoque en  su momento cuando discutimos el paquete de fuero militar, yo también estoy en contra del proyecto, no creo necesario repetir aquellos argumentos”, dijo el ministro  Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.