A fin de que los servidores públicos estén obligados a presentar los documentos que comprueben sus verdaderas declaraciones patrimoniales, la diputada federal del PAN, Leonor Romero Sevilla propuso reformar a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
De acuerdo con la legisladora, la declaración patrimonial es un “acto de buena fe” ya que no hay mecanismos que ofrezcan que la Secretaría de la Función Pública (SFP) pueda investigar o corroborar la veracidad de los bienes de los servidores públicos.
Romero Sevilla mencionó que el propósito de la iniciativa es que los servidores públicos presenten la documentación comprobatoria de su declaración, solamente en caso de que sea notificado y requerido por la Secretaría de la Función Pública, derivado de sus planes anuales de auditoría.
De acuerdo con la iniciativa, la SFP podrá llevar a cabo investigaciones, para lo cual presentará ante la Auditoría Superior de la Federación su programa anual de auditorías, el cual incluirá al menos a 1 por ciento de los servidores públicos por fiscalizar.
Según datos de la misma dependencia, alrededor de 205 mil 320 funcionarios que están obligados a presentar su declaración de modificación patrimonial.
La declaración de situación patrimonial de los servidores públicos, es la manifestación que se hace respecto de su patrimonio, con la finalidad de verificar su evolución y congruencia entre los ingresos y los egresos.
La panista señaló que la declaración de sus bienes tiene como propósito llevar a cabo el registro y seguimiento de la evolución en la situación patrimonial de los servidores públicos; así como vigilar la actuación honesta y transparente de quienes desempeñan un encargo en la administración pública.
Expuso que entre la documentación que el servidor público debe tener para hacerla correctamente, destacan: escrituras de bienes inmuebles, facturas de vehículos, contratos y estados de cuenta bancarias del periodo que declara.
Así como adeudos, comprobantes de ingresos por su encargo como servidor público y otro tipo de actividades, así como información referente a los ingresos y patrimonio de su cónyuge y de sus dependientes económicos.
Romero Sevilla recordó que si el servidor público no presenta su declaración de situación patrimonial en los plazos señalados, se puede iniciar un procedimiento de determinación de responsabilidad administrativa.
Pero en caso de que el servidor público falsee la información, se le puede suspender o dependiendo del caso, puede ser destituido o inhabilitado de tres a tres años, sin perjuicio de las investigaciones administrativas y penales que el caso pudiere ameritar.
MG