La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó una controversia constitucional en contra del Código Penal en el Estado de México que sanciona a quien circule a bordo de un automóvil sin placas de circulación o el respectivo permiso.
Por ello, el órgano autónomo se manifestó en contra de la constitucionalidad del artículo 193, párrafo tercero del Código Penal del Estado de México, que establece:
“Al que maneje o utilice un vehículo de motor sin ambas placas de circulación o la autorización para circular, se le impondrá de tres meses a un año de prisión y de 50 a 100 días de multa”.
Por ello, el pasado 25 de febrero la CNDH interpuso la controversia constitucional 14/2015 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual fue turnada a la ponencia del ministro Arturo Zaldívar Lelo de la Rea, quien la admitió a trámite.
Cabe destacar que esta es una adición al Código Penal mexiquense recientemente publicada en la Gaceta Oficial del Gobierno del Estado de México, el pasado 26 de enero.
Por ello, el ministro fijó un plazo de 15 días a los poderes ejecutivo y legislativo del Estado de México para que entreguen los informes correspondientes con la motivaciones y fundamentos para haber decretado la norma, así como una copia certificada con los antecedentes legislativos de dicha ley.