La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció el interés legítimo de la organización internacional Greenpeace para interponer denuncias sobre daños ambientales cometidos por empresas particulares u órganos gubernamentales.

 

Con ello, ya no será necesario que organizaciones civiles dedicadas al cuidado ambiental tengan más de tres años de haberse conformado, o representar a uno de los habitantes de la comunidad afectada para que puedan denunciar e indagar sobre afectaciones al medio ambiente.

 

El asunto toma relevancia porque con ello, se da un reconocimiento para el organismo internacional quien podrá interponer denuncias por delitos de índole ambiental en todo el país, y contra las autoridades, empresas privadas, y  particulares.

 

Con mayoría de tres votos, los ministro de la Sala resolvieron el amparo en revisión 501/2014, por el que se concedió la razón a dos asociaciones civiles que impugnaron, entre otros, el artículo 28, primer párrafo, fracción II y segundo párrafo, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

 

Dicho artículo  prevé que para demandar el daño ambiental las organizaciones deben cumplir con dos requisitos: actuar en representación de algún vecino de las comunidades afectadas, y acreditar por lo menos tres años de antigüedad de haberse conformado como organización civil.

 

Greenpeace impugnó los requisitos al argumentar  que restringen y violan su derecho de acceso a la justicia y medio ambiente, en relación con el principio de progresividad, y un juez de primera instancia les concedió la razón, sin embargo, las instituciones gubernamentales emplazadas se inconformaron contra dicho veredicto.

 

La Primera Sala,  estimó que cuando el legislador limita el ejercicio de una acción, debe justificar las razones que lo llevan a dicha decisión, sobre todo cuando en el propio ordenamiento existen acciones similares.

 

Y en éste caso no se advierte ningún argumento que justifique la restricción de las asociaciones civiles para denunciar daño ambiental, situación que violenta la Constitución y la  Convención Americana.

 

Los ministros establecieron que el Poder Legislativo estableció supuestos diversos de procedencia, en dos mecanismos de defensa que tienen por objeto la protección al medio ambiente, sin que se justificara el trato diferenciado.