El senador del PAN, Roberto Gil Zuarth, presentó en el Pleno del Senado, con el aval de su grupo parlamentario, una iniciativa por la que se crea una ley general en materia de desaparición forzada, delito que sería sancionado hasta con 70 años de prisión.

 

La iniciativa por la que se crea la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Desaparición Forzada de Personas, busca atender este fenómeno, estableciendo los tipos penales y un catálogo de sanciones para este delito de manera homologada en todo el país.

 

Además, establece las formas de coordinación para la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos de desaparición forzada de personas entre los tres niveles de gobierno, refuerza el marco de derechos de las víctimas y determina que cuando los delitos sean cometidos contra un grupo poblacional de manera generalizada, serán considerados delitos de lesa humanidad.

 

En lo que se refiere al catálogo de sanciones, se proponen penas de 25 a 50 años de prisión y hasta cuatro mil días multa, a quien cometa el delito de desaparición forzada. Las penas se incrementarán hasta los 55 años en prisión y 6 mil días de multa cuando el delito se cometa con violencia o cuando la privación sea con la finalidad de obligar a la víctima a prestar servicios ilícitos.

 

Asimismo, las penas podrían ser de 60 años de prisión y ocho mil días multa por la desaparición de servidores públicos, periodistas o comunicadores; defensores de derechos humanos; precandidatos o candidatos a cargos de elección popular; migrantes y víctimas de trata.

 

Se imponen sanciones de hasta 65 años de prisión y diez mil días multa si la víctima es privada de la vida por los autores o partícipes del delito, pena que se elevaría hasta los 70 años cuando se cometa cualquier acción sobre el cadáver que impida su identificación posterior.

 

Contra servidores

 

Parte del catálogo sancionador de esta Ley determina que en caso de que sea un servidor público el responsable por la comisión de alguno de estos delitos, además se le destituirá del cargo y se le inhabilitará para desempeñar cualquier cargo, comisión o empleo públicos.

 

Además, se plantea la creación de un Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas;  el Registro Nacional de Personas Detenidas, en el que se podrá saber públicamente y en tiempo real, el estatus de una persona que hubiera sido aprehendida por alguna fuerza policíaca; y el Registro Nacional de Perfiles Genéticos de Personas Desaparecidas que concentrará muestras biológicas y perfiles genéticos de las personas no localizadas.

 

Delito recurrente

 

Al presentar el proyecto el senador Roberto Gil Zuarth, aseguró que la desaparición forzada es un delito recurrente en nuestro país, que queda en la impunidad, por lo que afirmó, es urgente trabajar en una legislación que permita prevenir y sancionar estos delitos.

 

“La desaparición de los 43 estudiantes de la escuela rural de Ayotzinpa es el cruel recordatorio de una práctica persistente en nuestro país (…) junto a la tortura, las desapariciones forzadas revelan el vacío de autoridad y la debilidad institucional que heredamos del pasado autoritario, son los pendientes más inmediatos del lento proceso de transición democrática y de construcción de un auténtico Estado de derecho. La recurrencia de las desapariciones forzadas en nuestro país es esencialmente un problema de capacidades y de grietas normativas que producen impunidad, autoridades políticas y aparatos de fuerza coludidos con el crimen como sucedió en Iguala”, sostuvo.

 

El también presidente de la Comisión de Justicia, aseveró que la expedición de una ley general para prevención y sancionar los delitos en materia de desaparición forzada, es un paso indispensable para atender este fenómeno delincuencial de una manera integral, sin limitarse al ámbito meramente penal, y para establecer una normativa aplicable en todo el país, en el ámbito de competencia de todos los órdenes de gobierno.