A recomendación de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó una lista especial de contribuyentes que comprobaron no simular operaciones con facturas.
El ombudsman del contribuyente informó que el SAT aceptó el análisis sistémico 04/2015 referente a la vulneración de los derechos fundamentales de los contribuyentes que desvirtúan la presunción del artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Así, la Prodecon acordó con el SAT publicar en su portal de Internet sat.gob.mx una nueva lista donde exclusivamente aparezcan los contribuyentes que presuntamente habían emitido comprobantes fiscales amparando operaciones simuladas, pero lograron desvirtuar esa presunción.
La Procuraduría consideró importante que esos contribuyentes aparezcan una lista aparte, la cual fuera presentada a la ciudadanía a fin de que sus operaciones comerciales con terceros no se vean afectadas ni se dañe su esfera económica y fama pública.
Destacó que a partir de la reforma fiscal que entró en vigor en 2014, los contribuyentes que son publicados por el SAT por presumirles la inexistencia de operaciones simuladas amparadas en comprobantes fiscales que emiten, cuando logran desvirtuar plenamente la citada presunción, simplemente eran excluidos.
Es decir, agregó en un comunicado, ya no aparecían en la publicación definitiva que efectúa el SAT, lo que el ombudsman del contribuyente estimó insuficiente para reparar su fama pública y comercial.
El organismo autónomo se congratuló con la publicación del: Listado de contribuyentes que desvirtuaron la presunción de inexistencia de operaciones prevista en el primer párrafo del artículo 69-B del CFF, realizada por el SAT en su página electrónica.
Además, reconoció la disposición y premura con la que el órgano recaudador actuó en este caso para respetar los derechos fundamentales de estos contribuyentes. DM