Pese a los llamados de la ONU para que el Estado mexicano legisle en materia de desaparición forzada, el Congreso de la Unión mantiene en la “congeladora” dos docenas de iniciativas de reforma de Ley en la materia.

 

Durante los dos años que lleva la presente Legislatura se han presentado un total de 24 iniciativas de Ley contra la desaparición forzada, de todos los grupos parlamentarios (PRI, PAN, PRD, PT, MC, Panal), excepto del Verde Ecologista.

 

Un recuento realizado por 24 HORAS da cuenta que el legislador Víctor Manuel Bautista (PRD) propuso, incluso antes de la actual Legislatura –en febrero de 2012- homologar a todas las instituciones de seguridad pública del país en la mataría. “Establecer que las instituciones de seguridad deberán organizarse bajo un modelo especializado”.

 

Mientras que Mauricio Sahui Rivero (PRI) propuso, en abril de 2013, garantías para los migrantes centroamericanos el territorio nacional y evitar, así, una tragedia como la registrada en San Fernando, Tamaulipas, en agosto de 2010, cuando Los Zetas asesinaron a 72 centroamericanos.

 

“Establecer que los migrante que sufran de tortura o malos tratos tendrán derecho a que dichos actos sean investigados y sancionados, (…) adicionar el concepto de desaparición forzada de personas, entendida como la privación de la libertad de una o más personas, cometida por agentes del Estado o personas que actúen con autorización o apoyo del Estado”, sostuvo.

 

El legislador René Fujiwara (Panal) presentó una iniciativa de reforma de Ley donde advirtió que el delito de desaparición forzada se deberá actualizar con las mismas penas para el servidor público que provoque este delito.

 

“Siempre que la privatización de la libertad la comentan personas que actúen con la autorización de éste (funcionario público), especificar las acciones que no serán admitidas como causas excluyentes de responsabilidad penal que justifiquen al servidor público”, señaló Fujiwara Montelongo.

 

En este mismo sentido, la propuesta de Movimiento Ciudadano, a través del legislador Ricardo Mejía, precisó la necesidad de modificar el tipo penal de la desaparición forzada, entendido como “el arresto, la detención, secuestro o cualquier forma de privación ilegal de la libertad que se obra de agentes del Estado”.

 

Presión internacional

 

En noviembre de 2014, la ONU expresó sus sospechas sobre la intervención del Estado en la investigación del caso Iguala, cuando el 26 de septiembre 43 normalistas fueron desaparecidos.

 

“Todo indica que el Estado mexicano no quiere juzgar a los responsables y detenidos por el caso Iguala por la comisión del delito de desaparición forzada” afirmó el relator de Naciones Unidas (ONU) sobre desapariciones forzadas o involuntarias, Ariel E. Dulitzky.

 

En aquella ocasión, el funcionario del organismo internacional cuestionó, además, la lentitud de las autoridades federales por investigar este ataque contra la población civil, asesinato de 3 jóvenes y posterior secuestro de un grupo de 43 estudiantes normalistas.

 

Ariel E. Dulitzky advirtió a legisladores federales emitir de manera urgente una Ley general para desapariciones forzadas, que incluya la desaparición por funcionarios del Estado o por actores privados que actúan con la tolerancia y aquiescencia del Estado mexicano.

 

Además, un reporte emitido por la oficina en México de Amnistía Internacional (AI) advirtió que si bien el Código Penal federal establece como delito la desaparición forzada de personas, no cumple con la definición convenida en la Convención internacional.

 

“Este artículo no reconoce las numerosas formas en la que un servidor público puede estar implicado en un acto de desaparición forzada, conforme dispone el artículo 2 de la Convección (…) además no establece cuando estos delitos sean perpetrado por grupos organizados o particulares que actúen en nombre del gobierno o con su apoyo directo o indirecto”, señala.

 

En el documento, AI establece que “los agentes del ministerio público podrían alegar que carecen de autoridad para investigar o enjuiciar toda una serie de casos en materia de desaparición forzada reconocidos por el derecho internacional”.