Una de las principales preocupaciones de Joaquín El Chapo Guzmán de ser extraditado a Estados Unidos es la pena de muerte permitida en Texas, donde tiene pendiente un ordenamiento en su contra, por ello, su afán por evitar el traslado a ese país.

 

A principios de año un juez federal desechó el amparo sin dar entrada para su estudio, por lo que la defensa de El Chapo presentó una queja y ahora un tribunal colegiado le ordenó al juez recibir nuevamente la demanda y agotar las diligencias sobre la posible orden de extradición.

 

En la demanda 1233/2014 que desechó de facto el Juzgado 13 de Distrito de Amparo Penal, y la queja 05/2015 del Quinto Tribunal Colegiado el ex líder del Cártel de Sinaloa, dejó ver a través de sus fundamentos legales el temor de perder la vida si es trasladado a los EU.

 

A través de sus abogados, el capo mexicano denuncia la presunta actitud “antipatriota y autoritaria” de las autoridades mexicanas si permiten su traslado a EU, donde supuestamente recibiría tortura, le crearían testimonios falsos y al final le dictarían la pena capital.

 

“De las autoridades mexicanas… señaladas como ordenadoras y ejecutoras, les reclamo: como actos futuros e inminentes, la inconstitucional, autoritaria y antipatriota orden o disposición que den las autoridades ministeriales y judiciales para que finquen un proceso en mi contra con fines de extradición a los Estados Unidos de Norte América o a algún otro país extranjero en donde los Estados Unidos mantienen cárceles secretas destinadas a inferir abominables torturas… para que por medio de infamante tortura, me declare culpable de la comisión de delitos que ellos dicen cometidos y así se me apliquen penas inclementes o HASTA LA PENA DE MUERTE, la cual está expresamente prohibida por la Constitución General de la República”, fue el argumento textual de Guzmán Loera.

 

La orden de extradición constituye un acto “futuro e inminente, afirmó la defensa de Joaquín Guzmán Loera, mientras que el juez de la causa desechó el amparo el mismo día que lo presentó, sin ni siquiera darle entrada.

 

Ante ello, el juez argumentó al Quinto Tribunal Colegiado, en respuesta a la queja que presentó la defensa del procesado, que no podría dar entrada a su demanda por tratarse de actos futuros e inciertos.

 

“No habrá ningún elemento que cambie su criterio desechatorio y su negativa de otorgar la protección constitucional al quejoso…”, fue una de las conclusiones del juez de distrito al negarse a conocer de la demanda, según dijo la defensa.

 

En respuesta el Quinto Tribunal Colegiado decretó fundada la queja de Joaquín Guzmán y ordenó al juez reabrir el expediente, pues no basta con calificar los actos reclamados de futuros e inciertos sin tener la certeza de ello.

 

“…se estima que para poder convencerse plenamente de que un acto es futuro e incierto, el juzgador tiene que tener a la vista las correspondientes constancias de las actuaciones, pues por muy remota que parezca la ejecución de un acto, puede suceder que la autoridad responsable ya haya ordenado se lleve a cabo o esté a punto de hacerlo, o bien, que aunque ésta lo niegue, el afectado pueda demostrar lo contrario…”, consideró el tribunal colegiado.

 

La presunción de Guzmán Loera se basa en diversas declaraciones públicas de autoridades diplomáticas y de procuración de justicia norteamericanas, quienes, según dijo en su demanda, han manifestado que no permitirán que El Chapo salga de la cárcel por lo que le resta de vida.

 

“Autoridades norteamericanas a quienes les reclamo la comisión de actos futuros e inminentes, … relacionados con su obstinada intención de extraditarme hacia los Estados Unidos de Norteamérica para ser juzgado en esa nación y con la aplicación de feroz degradación, cruel e inhumano maltratamiento, y con atestes de testigos ‘colaboradores’, pagados, aleccionados y protegidos, para obligarme a que me declare culpable de la comisión de delitos graves que no he cometido, ello con la ejecución de la inconstitucional orden de extradición, relacionada con la pena capital […]”, dice en la versión pública de la sentencia del Quinto Tribunal Colegiado.

 

Cabe recordar que las Cortes de California, Nuevo México, Texas, Illinois, Arizona y Nueva York cuentan con ordenamientos en contra de Guzmán Loera por diversos delitos, entre ellos conspiración para la introducción de cocaína y marihuana a los Estados Unidos, lavado de dinero, narcotráfico.

 

Además de los crímenes de conspiración para el lavado de dinero, posesión de armas de fuego en apoyo de delitos de tráfico de drogas, para matar en un país extranjero, asesinato en cumplimiento de una empresa criminal y secuestro.