El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) modificó las reglas de portabilidad para que el derecho de los usuarios a cambiar de proveedor, sin perder su número telefónico, sea más ágil y fácil.

 

El órgano regulador señala que los usuarios que sean personas físicas ya no tendrán que presentar el formato de solicitud de portación de números geográficos y las empresas receptoras no tendrán que enviar imágenes de documentos de identificación al Administrador de la Base de Datos.

 

“Con la eliminación de estos elementos, el proceso será más eficiente y se promoverá el uso de medios electrónicos en la tramitación de solicitudes de portabilidad”, enfatiza el Instituto en un comunicado.

 

El pleno del Ifetel incluyó la Clave Única de Registro de Población (CURP) en la gama de opciones de documentos de identificación válidos para hacer el trámite de portabilidad numérica.

 

De esta manera, el proveedor receptor podrá recabar, en cualquier momento, previo a la ejecución de la portabilidad, los documentos de identificación necesarios para la conclusión del trámite, con lo que se agiliza el proceso en beneficio de los usuarios.

 

Asimismo, se implementan herramientas y datos de información que permitirán que el usuario pueda dar puntual seguimiento al estado que guarda su trámite de portabilidad.

 

Con ello, los usuarios podrán contar con los elementos que les permitan exigir la portación de su número en un plazo no mayor a 24 horas a partir del momento de la presentación de la solicitud ante el nuevo proveedor de servicios que eligió.

 

“Asimismo, se generará información que le permitirá al Instituto ejercer efectiva y eficazmente sus funciones de supervisión y vigilancia para el estricto cumplimiento de la normatividad aplicable”, subraya el organismo.

 

Además, se establecen y clarifican elementos de información en los mensajes de texto y audibles que se brindan a los usuarios, a efecto de evitar la ocurrencia de rechazos de portaciones.

 

“Se establecen mecanismos que aseguran la continuidad en la prestación de servicios de telefonía -principalmente móvil- por parte del proveedor receptor, delimitando responsabilidades tendientes a asegurar la disponibilidad de elementos físicos (tarjeta SIM) necesarios para la prestación del servicio respectivo”, puntualiza.

 

El Ifetel subraya que las nuevas medidas prevén etapas diferentes para su entrada en vigor, por lo que algunas serán efectivas a partir del día siguiente de la publicación de las Reglas en el Diario Oficial de la Federación.

 

Por su parte, aquellas que requieren del desarrollo o adecuación de procesos y/o sistemas, se establece un periodo de 90 días naturales para su debida aplicación.