WASHINGTON. El Tribunal Supremo de EU aumentó la protección a los inmigrantes indocumentados en los procesos de deportación, al otorgar a las cortes federales el poder de posponer las fechas de los procesos judiciales de inmigración a petición de los afectados.

 

Con ocho votos a favor y uno en contra, la máxima instancia judicial del país sentó jurisprudencia al fallar a favor de Reyes Mata, un mexicano que vivió ilegalmente en EU durante quince años y, tras declararse culpable de un delito de asalto, recibió una orden de deportación de un juez de inmigración.

 

Entonces, según recoge el fallo, el mexicano expresó su deseo de recurrir la decisión ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por su sigla en inglés), el máximo órgano administrativo para interpretar y aplicar las leyes de inmigración.

 

Pero su abogado no interpuso el recurso en el plazo establecido de 90 días y, entonces, Mata decidió cambiar de letrado y pidió a la Justicia de EU que le permitiera recurrir la orden de deportación porque su anterior representante legal no le había defendido correctamente.

 

La Junta de Apelaciones de Inmigración se negó a prestarle auxilio y, posteriormente, la Corte de Apelaciones para el Circuito Quinto, con sede en Nueva Orleans, alegó que no tenía autoridad para extender la fecha límite para recurrir la deportación.

 

“Un extranjero con orden de abandonar el país tiene derecho a presentar un recurso para reabrir su proceso de deportación”, estableció el Supremo en su fallo, redactado por la jueza Elena Kagan, designada por el presidente Barack Obama en 2010 y la más joven en la bancada del tribunal.

 

“Si los funcionarios de inmigración rechazan ese recurso, la corte federal de apelaciones tiene jurisdicción para considerar una petición para revisar la decisión”, zanja la magistrada, revirtiendo la decisión de las instancias judiciales inferiores.

 

Con su decisión, los nueve jueces del Supremo aumentan la protección de los inmigrantes indocumentados al permitirles reabrir en las cortes federales sus casos de deportación, cuando su defensa no les haya ayudado en una instancia judicial previa, ante los jueces de inmigración.