La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey, en la que anuló la elección de diputados federales por el 01 Distrito Electoral en Aguascalientes.
Se estimó que se violaron los principios de neutralidad y equidad. Se consideró esencialmente, la presencia del Gobernador en varios centros de votación el día de la jornada electoral, lo que en el caso particular vulneró el principio democrático de equidad.
En la votación, cobró vigencia la hipótesis prevista en el artículo 187 constitucional de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación al haberse registrado un empate a 3 votos.
La magistrada Alanis Figueroa se apartó del proyecto en virtud de que no se surten los supuestos para confirmar la declaración de nulidad de la elección, toda vez que para ella debe revocarse la sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey dado que la injerencia del Gobernador de Aguascalientes en la elección de diputado federal, no resulta determinante para anular la elección.
Por su parte, el magistrado Flavio Galván Rivera puntualizó que lo procedente sería revocar la sentencia impugnada y reconocer que la elección del Distrito 01 Electoral Federal de Aguascalientes es igualmente válido que la elección de los Distritos 02 y 03 de la misma entidad.
El magistrado votó en contra del proyecto y anunció la emisión de un voto particular.