El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que son inconstitucionales diversos párrafos de los artículos 25 y 35 de la Constitución del estado de Oaxaca, que norman diversos temas en materia electoral.
Los ministros iniciaron así la discusión de cuatro acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos Acción Nacional (PAN), Morena y el local Unidad Popular, así como por diputados del Congreso de Oaxaca.
Los partidos y los legisladores impugnaron la constitucionalidad de diversos preceptos de la Constitución local en materia electoral, así como la validez del procedimiento legislativo por el que se expidió la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Oaxaca.
Durante la sesión de este jueves, la Corte invalidó la fracción XIV y del párrafo tercero de la fracción II del artículo 25, apartado B de la Constitución estatal, relativos a los porcentajes de votación para la cancelación del registro de conservación de prerrogativas de los partidos políticos locales.
Dicho precepto disminuye a 2% el porcentaje de votación válida emitida para la conservación del registro como partido político local, lo que viola el artículo 116, fracción IV de la Constitución Federal, que señala que debe ser de 3%.
La Suprema Corte también declaró inconstitucional el cuarto párrafo del Artículo 35 constitucional, en la parte que indica “la fiscal o el fiscal general del estado de Oaxaca”, y en vía de consecuencia, la que dice “así como los fiscales especiales”.
Ello debido a la incongruencia interna en torno a los plazos para separarse del cargo con el fin de aspirar a otro cargo elegido democráticamente, que en el primer caso era de dos años, mientras que en el segundo era de 90 días.
Los ministros de la Corte también validaron el Artículo 33, fracción V, párrafos primero y segundo de la Constitución de Oaxaca, relativos a los parámetros para evitar la sobre y la subrepresentación de partidos políticos en el Congreso local.
El pleno del máximo tribunal del país acordó continuar con el análisis y resolución de estas acciones de inconstitucionalidad en su sesión pública del próximo lunes 5 de octubre.