TOLUCA. Golpear, torturar o matar a un animal es tipificado como delito penal en 15 de las 31 entidades, más el Distrito Federal, mientras que Oaxaca es el único estado en el país que no cuenta con una ley de protección a los animales.
El presidente de la Asociación Mexicana por los Derechos de los Animales (Amedea), Gustavo Larios, señaló que en México todos los animales están protegidos de la crueldad por la Ley General de Vida Silvestre y que ésta le compete a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).
Las 15 entidades donde se tipifica el maltrato animal como delito son Aguascalientes, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Colima, Estado de México, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Veracruz y Yucatán, así como el Distrito Federal, sin embargo, en ninguno de los estados esta conducta es considerada ilícito grave.
Con excepción de Oaxaca, donde no existe una ley estatal de protección a los animales, en las 15 entidades restantes esta reprobable práctica se considera como falta administrativa que generalmente es menos grave que el delito, por lo que se castiga con penas de arresto y en su defecto con multas.
En entrevista telefónica con Notimex, Larios indicó que el estado que con mayor dureza castiga el maltrato animal es Coahuila, con hasta nueve años de prisión, en tanto, en Guanajuato la penalidad máxima es de 180 jornadas de trabajo comunitario y hasta 100 días de multa.
En diversas entidades del país han sido mostrados, a través de redes sociales, casos de maltrato animal, sin embargo, la mayoría de quienes los llevaron a cabo sólo son multados u ofrecen disculpas.
Un ejemplo de ello fue lo ocurrido el pasado mes de julio en Aguascalientes, donde una mujer recibió atención psicológica y podría ser sancionada con una multa de 24 mil pesos, tras la “viralización” en redes sociales de un video que mostraba a la inculpada prendiendo fuego a un gato.
Mientras que en Tlaquepaque, Jalisco, fueron detenidos el mes pasado dos individuos a quienes captaron en video cuando golpeaban a una perra llamada “Foxy” y la enfrentaban con otro canino.
Este hecho llevó a dichos sujetos a enfrentar cargos por crueldad animal y fueron ingresados al penal de Puente Grande, pero días más tarde quedaron en libertad y cada uno pagó una fianza de 25 mil pesos.
En otros casos sí han ocurrido sentencias, como cuando a Rolando Falcón Cauich, alias El mataperros de Kancab, se le impuso en 2013 una condena de 70 días de trabajo comunitario por haber matado a canes y exhibirlos en redes sociales.
En Pachuca, Hidalgo, luego de la publicación en internet de un video en el que los empleados de la tienda +KOTA maltrataron a un hámster y a dos perros, la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proespa) clausuró la tienda.
Por su parte, la tienda procedió a despedir y denunciar a los sujetos que cometieron el ilícito, además de que se ha puesto atención especial a este comercio por otros casos irregulares.
Ante hechos similares la presión de la sociedad se ha hecho evidente, y un ejemplo de ello fue lo ocurrido con Aarón Pino Martínez, de 22 años, un joven de Tecate, Baja California, que subió a Facebook una foto en la que sostenía una perrita crucificada.
Aunque negó haber maltratado al animal, haberse tomado una foto con el cadáver le costó amenazas, acoso e incluso tuvo que pedir disculpas públicas.
Oaxaca sin ley de protección animal
El presidente de la Asociación Mexicana por los Derechos de los Animales indicó que en “Oaxaca no tienen ni siquiera una ley de tipo administrativo, mucho menos penal, esto es una gran inconciencia en el tema”.
Larios agregó que en el estado oaxaqueño “en este tema hay un enorme atraso, sabemos todos de los problemas sociales que están viviendo y a los activistas por los derechos de los animales se les complica muchísimo lograr una ley”.
“El Distrito Federal ha logrado cosas importantes al pasar de los años, aquí se alcanzan multas de hasta cien mil pesos”, manifestó, debido a que la Asamblea Legislativa reformó disposiciones del Código Penal para establecer sanciones más severas con penas de seis meses a cuatro años de cárcel.
La legislación federal se aplica en todo el país, explicó, y lo relacionado a animales silvestres le compete a la Profepa y a la Procuraduría General de la República (PGR).
En tanto, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) se encarga de lo relativo a los animales domésticos, añadió.
Hay leyes federales cuyo objetivo central no es el bienestar de los animales, pero que contemplan normas de protección animal, dijo.
Por ejemplo, la Ley Federal de Sanidad, su objetivo es que el consumo de la carne y de los productos animales sea lo más saludable posible, y que no haya maltrato en el manejo, transporte, crianza, comercialización y especialmente el sacrificio, precisó.
En cuanto a la prohibición de corridas de toros, en Coahuila se promulgó el 25 de agosto de 2015 la iniciativa de decreto que reforma la Ley de Protección y Trato Digno a los Animales.
En esa entidad se establecieron penas de hasta nueve años de cárcel a quien agravie a los animales, por lo que se sumó a los estados de Guerrero y Sonora que ya aplican esta medida.