La Secretaría de Hacienda publicó un decreto mediante el cual se otorgan diversos estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos, en el marco del Buen Fin.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), indica que se otorga un estímulo fiscal a las entidades financieras y demás entidades que emitan tarjetas al amparo de un titular de marca cuando se pueda identificar al tarjetahabiente titular, de acuerdo con las disposiciones generales aplicables a las Redes de Medios de Disposición emitidas por el Banco de México (Banxico).
Esto, añade, por la entrega de premios que efectúen, por cuenta del gobierno federal, a los tarjetahabientes personas físicas cuando éstos hayan utilizado como medios de pago tarjetas de crédito o débito en la adquisición de bienes o servicios dentro del Buen Fin.
El estímulo consiste en “acreditar contra el Impuesto Sobre la Renta propio o del retenido a terceros por este impuesto, el importe entregado como premio a los tarjetahabientes”, precisa la dependencia.
Destaca que también serán objeto del estímulo fiscal las entidades comerciales respecto de las compras de bienes o servicios realizadas mediante tarjetas de servicios operadas en México por entidades comerciales que no pertenezcan al sistema financiero, que a través de un contrato permitan a sus usuarios el uso en diversos comercios afiliados, siempre y cuando acrediten el pago del premio en caso de resultar ganadores sus clientes.
Aclara que el monto de los premios deberá corresponder a las cantidades efectivamente entregadas a los tarjetahabientes que hayan resultado ganadores en el sorteo que realice el Servicio de Administración Tributaria (SAT) respecto de los bienes y servicios que se adquieran en este programa de descuentos del 13 al 16 de noviembre.
Precisa que el acreditamiento individual por operación no podrá ser menor a 250 mil pesos ni mayor a 10 mil pesos, que la suma total del monto de los premios entregados por estas entidades financieras no podrá exceder en su conjunto los 500 millones de pesos.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) expone que para acceder a los beneficios de estos estímulos fiscales, las entidades financieras deberán apegarse a las bases que establezca el SAT para el sorteo.
Refiere que las entidades financieras pondrán a disposición de la autoridad fiscal federal la información necesaria para la realización del sorteo y para la verificación de la entrega de los premios.
Expone que el monto de los impuestos estatales generados por la obtención de los premios derivados del sorteo será cubierto por la federación a la entidad federativa o municipios donde se entregue el premio correspondiente, a través del procedimiento de compensación permanente de fondos.
La SHCP aclara que el estímulo fiscal y el importe de los premios que se entreguen a los tarjetahabientes personas físicas, derivados del sorteo, no se considerarán ingresos acumulables para los efectos del ISR y no dará lugar a devolución.
Agrega que el SAT emitirá las reglas de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación de este decreto, así como las bases para la realización del sorteo. DM