La toma de protesta de lo que sería un tercer mandato para Edgar Elías Azar al frente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) quedó suspendida, luego de que así lo determinara el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa al conceder la suspensión provisional a petición de Petra Quezada Guzmán, magistrada de la Séptima Sala Civil del órgano judicial.
A través de un comunicado, el Consejo de la Judicatura Federal informó que dicho tribunal determinó procedente el conceder la suspensión provisional, luego de que la semana pasada la magistrada Quezada Guzmán promoviera un amparo para impugnar la segunda “reelección” de Elías Azar, la cual fue posible con una ventaja de 60 votos a favor y 17 en contra.
Al declarar fundado el recurso de queja 307/2015, el magistrado electo no podrá tomar posesión el 1 de enero de 2016 como se tenía previsto, sino hasta que se resuelva el fondo del juicio de amparo 2133/2015 y la sentencia fuera adversa a los intereses de la quejosa.
La quejosa argumentó como acto reclamado la elección del magistrado Edgar Elías Azar como Presidente de dicho tribunal, llevada a cabo el 4 de noviembre de 2015, al no cumplir, supuestamente, con los requisitos de elegibilidad.
De acuerdo con el CJF, la quejosa alegó diversas violaciones en el proceso de elección del magistrado presidente, empezando por el registro del magistrado presidente en funciones para contender por tercera ocasión y de manera continua a la presidencia del mismo, y la omisión de verificar de oficio la elegibilidad de los aspirantes registrados, entre otros agravios.
En su resolución, el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa declaró fundados los agravios y consideró que procede la concesión de la suspensión solicitada, en virtud de que de no otorgarse el actual presidente electo asumirá dicho cargo por el periodo de 2016 a 2018, en la primera sesión celebrada en enero de 2016, con lo que se dejaría sin materia el juicio de garantías.
Los efectos y consecuencias implican que Edgar Elías Azar no tome posesión del cargo, y en su caso, lo haga hasta en tanto se resuelva el juicio de garantías del que deriva el presente incidente, en el que se reclamaron diversas omisiones de las impugnaciones relacionadas con las bases que se siguieron para la elección del titular de dicho tribunal para el periodo de 2016-2018.
Asimismo, del registro de candidatos para dicha contienda, cuestiones que son inherentes al fondo del asunto, y que se estiman necesarias que se resuelvan antes de que el magistrado tome posesión del cargo como presidente del TSJDF.