VILLAHERMOSA. El titular de la consejería de Tabasco, Juan José Peralta Fócil aseguró que con la aprobación de la Ley de Gestación Asistida y Subrogada aprobada por el Congreso de Tabasco se terminará con la comercialización de la vida y pasa a ser un contrato a título gratuito.

 

Informó que la ley entrará en vigor antes de que finalice el año, con lo cual se acabará con la práctica de la renta de madres, donde en el 95 por ciento de los casos los contratantes eran extranjeros.

 

Aaseguró que la gestación subrogada no se contempla en la Constitución al ser una ley local, por lo cual no se violentan los derechos humanos ni de los extranjeros a los que se prohíbe este tipo de contratos.

 

Apuntó que al no existir en Tabasco una ley que permita el matrimonio entre personas del mismo sexo tampoco se puede incluir en la norma que puedan acceder a este procedimiento para tener un hijo.

 

En el caso de las personas solteras refirió que en el Código Civil estatal se les faculta la adopción para formar una familia; en el caso de dos solteros que estén en unión libre sí podrán acudir a la gestación asistida.

 

Comentó que se detectó que entre los solicitantes de este método había personas de avanzada edad que ya no están en condiciones de criar a un niño, por lo cual el límite de edad para padres contratantes es de 25 a 40 años.

 

Señaló que a diferencia de lo que se hace hasta hoy, con la nueva Ley en vigor, un notario público deberá estar presente en la firma del contrato gratuito y notificar en 24 horas a un juez civil para darle validez.

 

Una vez nacido el niño se realiza un juicio de adopción plena y, en caso de que el menor presente alguna enfermedad, la madre gestante puede demandar a los padres por la carga genética, no como en varios casos donde se les dejaba al niño sin ninguna responsabilidad de los padres.

 

A fin de castigar las conductas que pueden derivar de un contrato de gestación subrogada mencionó que se está a la espera de que en el Senado de promulgue la Ley Federal de Trata, a fin de ver si con esa basta para la tipificación de distintos delitos o habrá una facultad recurrente.

 

Entre ellos que la madre gestante esté en condiciones de pobreza y de manera evidente utilice el procedimiento para obtener un beneficio económico, así como castigar a quienes den el servicio sin la autorización y licencia de la Secretaría de Salud.