Ministros de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucional el artículo 362 del código penal de la ciudad de México, el cual consideraba como delito los “ataques a la paz pública”. La medida fue tomada por activistas y organizaciones civiles como un avance en el tema de no criminalizar la protesta en la ciudad.

 

Con los votos a favor de los ministros José Ramón Cossío, Arturo Zaldívar y Norma Piña, se resolvió que del amparo presentado por Bryan Reyes, acusado de los delitos de daño a la propiedad ajena y ataques a la paz pública en las manifestaciones de diciembre de 2012 en el marco de la toma de protesta del presidente Enrique Peña Nieto, dicho artículo violaba el principio de taxatividad, el cual señala que las normas penales deben ser precisas y vinculadas  a la seguridad jurídica e igualdad en la aplicación de la ley.

 

La semana pasada, organizaciones civiles, entre ellas el Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social (FLEPS), así como el Instituto de Justicia Procesal Penal A.C. (IJPP), presentaron un documento ante los ministros del máximo tribunal en el que solicitan al analices de dicho artículo, al considerar que el delito de “ataques a la paz pública” estaba fundamentado en un término muy vago, que dada lugar a que las autoridades atentaran arbitrariamente contra el derecho a la libre expresión.

 

Finalmente este miércoles, los tres ministros se pronunciaron en contra del proyecto elaborado por Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, el cual amparaba a Bryan para que la sentencia en su contra de dos años y seis meses de prisión quedara sin efecto, en razón de que no fue tomada en cuenta la denuncia que presentó por la tortura que sufrió por parte de policías de la SSP-CDMX cuando fue detenido el día de los hechos.

 

El 27 de diciembre de 2012, el Gobierno capitalino publicó una reforma al artículo 362 en el que quedó reducido el rango de pena en prisión de 2 a 7 años, cuando antes de esa modificación la pena oscilaba entre los 5 y 30 años de cárcel.