La organización SMART insiste en lograr por la vía legal la legalización del uso lúdico de la mariguana. Después del amparo que le concedió la Corte en noviembre pasado espera obtener al menos cuatro recursos más para acumular cinco sentencias en el mismo sentido para que se declare la inconstitucionalidad de la ley que prohíbe el cultivo, cosecha, portación y transporte de la hierba para consumo personal.

 

Juan Francisco Torres Landa, integrante de SMART, explicó que el grupo ha concentrado su estrategia en interponer otros 10 amparos iguales al ya ganado. El objetivo es que la Corte declare la inconstitucionalidad de los mismos artículos de la Ley General de Salud (que declaran ilegal la mariguana) y resuelva otros cuatro casos en el mismo sentido que la resolución del 4 de noviembre.

 

El 4 de noviembre, los cuatro integrantes de SMART recibieron un amparo de la Corte que obligaba a la Secretaría de Salud a entregarles un permiso especial para cultivar, cosechar, portar y transportar mariguana. El principal argumento fue la inconstitucionalidad de que el Estado mexicano intervenga en la autodeterminación de una persona para consumir o no la planta.

 

Si la Corte atrae y resuelve favorablemente un total de cinco amparos se crea “jurisprudencia”, lo cual implica que el Poder Judicial notificará al Legislativo de la inconstitucionalidad de la Ley y éste deberá modificarla, lo cual implicaría la legalización del consumo de la mariguana.

 

Alistan nueva iniciativa

 

La senadora independiente Martha Tagle anunció que el jueves próximo presentará dos iniciativas de ley: una para permitir el uso médico, personal y terapéutico de la cannabis y otra para prevenir los riesgos y daños asociados por el uso de sustancias psicoactivas.

 

Para ello, se prevén diversas modificaciones a la Ley General de Salud, que permiten la regulación de aquellos productos que contengan más de 2% de Tetrahidrocannabinol (HTC) en todas las variedades de la mariguana para usos de investigación, científicos y medicinales.

 

Además otorga a la Secretaría de Salud facultades para emitir lineamientos y criterios generales para el desarrollo de investigación científica, médica y social en la materia, así como la expedición de licencias para la siembra, cultivo, cosecha, fabricación, producción, distribución y transporte.

 

En materia de uso personal, propone el cultivo privado, individual y colectivo. Para ello, establece la figura de Clubes Sociales Cannábicos.

 

A estos Clubes, los define como una asociación de personas mayores de edad con necesidades médicas y personales declaradas que se conforman en un circuito cerrado sin fines de lucro, de cultivo-producción –consumo en un espacio colectivo privado y seguro de reducción de riesgos que se basa en el respeto a los derechos humanos y la dignidad de las personas que consumen mariguana.

 

Establece que será la Secretaría de Salud, la encargada de abrir un registro de Clubes Cannábicos en los que no se permitirá la entrada a menores de edad, y su finalidad primordial es el autoabastecimiento y que los usuarios cuenten con un lugar seguro para su consumo.

 

Al mismo tiempo consideró que México debe formar parte de los países vanguardia como Uruguay, Colombia, Portugal, Holanda y Canadá.