Aristóteles Núñez , jefe de la oficina del SAT, reiteró que el plazo para que las personas físicas presenten su declaración anual, vence el 2 de mayo.
Informó que la disposición de ley establece que cuando el último día del plazo en el que se deben presentar declaraciones es viernes o inhábil, se extiende al plazo hasta el siguiente día hábil.
“Como el día 30 de abril es un día inhábil, se extiende hasta el 2 de mayo que es lunes; en ese tenor es que los contribuyentes podrán presentar sin ningún contratiempo de multa, recargo o advertencia, que no debe preocuparse ya que podrán presentar su declaración anual a más tardar el día lunes 2 de mayo”.
Detalló que “el plazo que tienen los contribuyentes es el lunes hasta las 11 de la noche con 59 minutos”.
Destacó que muchos de los contribuyentes que deben realizar algún pago a través del sistema bancario lo podrán hacer hasta que se los permita el sistema.
El SAT aclaró que las personas que tengan saldo a favor en su declaración anual les será devuelto.
Detalló que se incrementó el padrón de contribuyentes con un total de 51.6 millones, siendo que hace tres años había 38 millones de contribuyentes. (Con información de Grupo Fórmula)
tpc