La Comisión Permanente del Congreso de la Unión recibió la iniciativa de reforma constitucional y al Código Civil Federal enviada por el presidente Enrique Peña Nieto para reconocer al matrimonio igualitario como derecho humano.
Se propone reformar el primer párrafo del Artículo 4 de la Carta Magna, donde se argumenta como premisa fundamental para el ejercicio del derecho a la igualdad y a la no discriminación, el entendimiento de que todos los derechos humanos se basan en el reconocimiento de la dignidad humana, que hace a todas las personas iguales en derechos.
La iniciativa que se turnará a comisiones de la Cámara de Diputados expone que ese reconocimiento surge el imperativo de toda autoridad de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de todas las personas en condiciones de igualdad y sin discriminación.
El Ejecutivo federal subraya que desde un enfoque de derechos es fundamental tener presente que la orientación sexual constituye un elemento esencial para la dignidad de toda persona.
Dicha orientación sexual se vincula con los derechos a la identidad, a la autodeterminación, al libre desarrollo de la personalidad, a la vida privada, a la intimidad y a la integridad personal, entre otros, por lo que ésta no puede ser motivo de restricción de derechos.
Se añade que el derecho a contraer matrimonio constituye un derecho fundamental, relacionado con la autodeterminación de las personas y para muchas el matrimonio forma una de las instituciones de realización existencial de especial importancia.
De ahí que la exclusión de esa posibilidad a las parejas homosexuales conlleva un simbolismo de exclusión de gran relevancia para las personas, aun cuando no deseen contraer matrimonio o formar una familia o decidan hacerlo por una vía distinta al matrimonio.
Se aclara que esta iniciativa, publicada en la Gaceta Parlamentaria, tiene por objeto establecer expresamente la protección constitucional para evitar restricciones injustificadas al ejercicio del derecho que corresponde a las personas de contraer matrimonio.
“En congruencia con lo previsto en el Artículo 1º de la propia Constitución, se propone adicionar en el párrafo primero del Artículo 4 constitucional el derecho de toda persona mayor de 18 años de contraer matrimonio.
“Ese derecho no puede ser restringido por origen étnico o nacional, género, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, preferencias sexuales o cualquier otra que atente contra la dignidad humana”, cita el Ejecutivo en la exposición de motivos.
Referente a la iniciativa de decreto por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Civil Federal, propone modificar el Artículo 2.
Se argumenta en ese sentido que “la capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer. Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
En cuanto al Artículo 136 Bis refiere que “las personas podrán solicitar la expedición de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género, previa la anotación correspondiente en su acta de nacimiento primigenia”.
La iniciativa se turnará a comisiones de la Cámara de Diputados durante la sesión de este miércoles de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.