La diputada Victoria Mercado Sánchez propuso una reforma para eliminar diversas formas de agresión laboral, como el maltrato, vejaciones, trato desconsiderado y ofensivo, así como todo lo que atente contra la dignidad de las personas.

 

La legisladora de Movimiento Ciudadano explicó que según una encuesta, en México, 44% de los profesionistas han sido víctimas de acoso laboral y psicológico, conocido como mobbing, y la mitad fueron mujeres.

 

La propuesta pretende reformar la Ley Federal de Trabajo para clasificar ese tipo de problemas y eliminar las diversas formas de agresión laboral, como el maltrato, las vejaciones, el trato desconsiderado y ofensivo y todo aquello que atente contra la dignidad de las personas.

 

La legisladora refirió que 65% de los empleados atestiguaron ese tipo de abuso contra algún compañero de trabajo, por lo que llamó a poner mayor atención en las relaciones laborales, ya sea dentro del gobierno o en las empresas privadas.

 

El acoso laboral, explicó, no sólo es un ataque que afecta la salud y la integridad de los trabajadores, sino que también vulnera sus derechos fundamentales como la no discriminación, dignidad humana, integridad psicológica, protección de la vida, libertad de expresión y culto.

 

En la iniciativa presentada ante la Comisión Permanente, la diputada plantea que según la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el acoso laboral psicológico o mobbing es una conducta que se muestra dentro del ambiente laboral en los sectores público y privado.

 

El fin del mobbing es intimidar, agredir, opacar, amedrentar física, emocional e intelectualmente a la víctima, por lo general inicia de forma insignificante, al criticar tareas básicas del trabajador, y el siguiente paso son actitudes y acciones más graves que pueden orillarlo a abandonar su empleo.

 

La legisladora de Movimiento Ciudadano destacó que el mobbing se puede prevenir y por ello es importante que las empresas tomen partido y contribuyan a identificar a los acosadores y futuros acosadores. “La responsabilidad de mitigar esas conductas y prácticas violentas corresponde a todos”, estableció.

 

Mencionó que si bien la Ley Federal del Trabajo prevé el hostigamiento, no define el acoso laboral psicológico en forma horizontal, es decir, solo marca la diferencia cuando un empleado es hostigado o acosado sexualmente por su superior jerárquico.

 

Ante ello, planteó adicionar un Inciso c) al Artículo tercero bis de la norma para establecer al acoso laboral como la situación en la que una persona ejerce una violencia psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente y durante un tiempo prolongado sobre otra en el lugar de trabajo.

 

Lo anterior, con la finalidad de destruir las redes de comunicación de la víctima, su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y lograr que abandonen el lugar de trabajo.

 

TPC