El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el partido Movimiento Ciudadano (MC) incumplió la sentencia emitida por la Sala Superior sobre paridad de género en el registro de candidaturas a diversas presidencias municipales en Tlaxcala.

 

El partido informó al Instituto Tlaxcalteca que no estaba en posibilidad de hacer la sustitución y le solicitó la cancelación del registro de 19 candidaturas de género masculino y con ello de las 125 candidaturas restantes, ante lo cual, la Sala Superior resolvió cancelar solamente las 19 de las cuales desistió Movimiento Ciudadano y dejar el registro de los 125 candidatos a presidentes de comunidad postulados.

 

Al respecto, el magistrado, Flavio Galván Rivera, señaló que “se ordenó a los partidos políticos y al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones cumplir la normativa del estado. Movimiento Ciudadano guarda silencio, no cumple lo ordenado en la sentencia, y el Instituto Electoral del estado, ante este incumplimiento, sin fundamento alguno, procede mediante una insaculación. Hace la insaculación para lograr la paridad, afectando los derechos de ciudadanos que ya habían sido registrados conforme a derecho”, agregó.

 

“No se puede actuar al margen del derecho e inventar procedimientos que no están legalmente previstos para tratar de cumplir una sentencia”, puntualizó.

 

En tanto, el magistrado Pedro Esteban Penagos López mencionó que la sentencia emitida por la Sala Superior fue incumplida por Movimiento Ciudadano. “En su origen, este partido solicitó el registro de 144 candidaturas a presidentes de las comunidades, entre ellas 82 para el género masculino y 62 para el género femenino, esto es, sin observar el principio de paridad de género”.

 

En su opinión, el actuar de la autoridad electoral local fue inadecuado, pero para hacer cumplir la ejecutoria, en un momento, tuvo que adoptar por una opción, que quizá no fue la adecuada, pero se remedió jurídicamente a través de la insaculación.

 

Por su parte, el magistrado Manuel González Oropeza, explicó que evidentemente el proceder de los integrantes del Consejo General electoral estatal, no fue un procedimiento correcto, pero ellos lo utilizaron para hacer cumplir la sentencia.

 

“Idearon ese procedimiento, que no está previsto, y por lo tanto ya en la discusión de este asunto, seguramente ellos tomarán nota de que estos procedimientos no son válidos para la selección, y en consecuencia yo creo que sería ineficaz que le diéramos vista al Instituto para que proceda conforme a derecho”, agregó.

 

“Ya realmente nosotros estamos dando pie a que su conducta sea reconsiderada en posteriores ocasiones y por lo tanto no creo necesario, que sea la vista al instituto por lo que respecta a ellos. Por lo que respecta al partido, evidentemente coincido con las razones y la argumentación del propio proyecto”, expresó.