El pleno del Senado de la República aprobó reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (PGR), que otorga autonomía técnica y operativa a la Fiscalía Especial de Combate a la Corrupción; no así con autonomía en el nombramiento del Fiscal, toda vez que esa es una facultad constitucional del Presidente de la República, quien envía una propuesta que deberá ser aprobada por el Senado y podrá ser removido por el Procurador en turno.

 

Esta Fiscalía contará con agentes del Ministerio Público especializados en combate a los hechos que la ley considera como delitos en materia de corrupción.

 

Además, el personal que la conformará, tanto el titular como su personal de confianza, agentes del Ministerio Público de la Federación, de la Policía Federal Ministerial, y peritos miembros del Servicio Profesional de Carrera, se encontrarían sujetos a la Ley General de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos así como al régimen especial de la materia.

 

La senadora Ivonne Álvarez del PRI, reconoció que a pesar de que esta Ley otorga una fiscalía fuerte, el Congreso deberá seguir trabajando en otorgar las mismas facultades a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE)

 

Asimismo, los senadores aprobaron reformas a la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa que será el órgano competente para resolver las controversias derivadas de la comisión de responsabilidades administrativas calificadas como graves ya sea por servidores públicos o particulares.

 

Con ello se les quita la facultad a los órganos internos de sancionar, inclusive al Ejecutivo federal o los estatales las faltas de sus propios jefes; sino que será un tribunal dotado de autonomía técnica y operativa para dictar sus resoluciones.

 

Cárcel a corruptos

 

El Senado de la República, aprobó reformas al Código Penal para establecer los tipos penales en materia de delitos relacionados con corrupción.

 

De esa manera, se plantea otorgar de dos a 14 años de prisión, pero la pena se incrementa  hasta  un tercio cuando el servidor tiene un cargo de elección popular  por lo cual  puede llegar hasta los 17.5  años de cárcel a todo aquel servidor público que se enriquezca de manera ilícita, incurra en tráfico de influencias o bien solicite los llamados “moches”  con la promesa de gestionar recursos del  presupuesto o el otorgamiento  de contratos de obra pública a favor de determinadas personas.

 

Tendrán pena de seis meses hasta 12 años de prisión los particulares que en su carácter de permisionario, contratista o concesionario de un servicio público, o bienes de la federación falsee  altere u oculte información sobre los rendimientos o ganancias que obtenga de ello.

 

El tráfico de influencias se sancionará con dos a 6 años de prisión. En tanto, se impondrán de dos a 14 años de cárcel para todo aquel servidor público que no pueda acreditar el aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de sus bienes, acreditando enriquecimiento ilícito.

 

El peculado, es decir, cuando se tiene acceso a recursos públicos y se les da una aplicación distinta de lo establecido, se castigará con penas de seis meses a 12 años de prisión.