La fracción legislativa del Partido de la Revoludción Democrática (PRD) en el Senado presentó en la sesión de este martes una iniciativa en materia de matrimonios igualitarios en el país.
La iniciativa plantea reconocer en la Constitución el derecho de toda persona mayor de 18 años a contraer matrimonio sin ningún tipo de discriminación por origen étnico o nacional, género, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, preferencias sexuales, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana.
El coordinador de los senadores perredistas, Miguel Barbosa Huerta, presentó la iniciativa para modificar el Artículo 4 de la Constitución a fin de simplificar las condiciones para ejercer el derecho de celebrar un matrimonio igualitario.
Con ello se busca acercar las posibilidades a cualquier persona que desee ejercerlo y no sólo a quienes hayan litigado con éxito en contra de una disposición civil restrictiva.
Al fundamentar la propuesta, el legislador poblano señaló que uno de los componentes fundamentales de un régimen democrático es la intensidad y amplitud con la que protege y garantiza los derechos humanos dentro de su sistema normativo.
La Constitución, agregó Barbosa Huerta, reconoce un cúmulo de derechos entre los que destaca el derecho a la igualdad y a la no discriminación y el del libre desarrollo de la personalidad.
Así como que toda autoridad, desde sus competencias, debe promover, reconocer, proteger y garantizar conforme a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Explicó que el derecho al libre desarrollo de la personalidad se manifiesta en la disponibilidad de cada persona a decidir libremente su proyecto de vida, incluyendo el deseo de tener una vida en común con otra persona de igual o distinto sexo, decidir casarse o no con una persona homosexual o heterosexual, y decidir tener hijos o no.
No obstante, el senador subrayó que el ejercicio libre y pleno de realizar un proyecto de vida mediante el matrimonio se ve menoscabado si sólo pueden acceder al mismo parejas heterosexuales y si tiene como finalidad la de procrear hijos o perpetuar la especie.
Ante esta situación, añadió, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido una serie de criterios jurisprudenciales en los que, mediante una interpretación progresiva de los derechos de igualdad y no discriminación, garantiza eficazmente el acceso al matrimonio a cualquier pareja sin importar su preferencia sexual.
“Como puede observarse, los matrimonios igualitarios son ya una realidad constitucional en nuestro país, conformada a partir de la interpretativa progresiva que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha realizado de los derechos fundamentales de igualdad, no discriminación y libre desarrollo de la personalidad, destacó.