El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría, a favor de Alejandro Murat Hinojosa, candidato postulado por la coalición integrada por los partidos políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza a la gubernatura del estado de Oaxaca, durante el proceso electoral 2015-2016

 

Por unanimidad y sin discusión, la Magistrada y los Magistrados de la Sala Superior consideraron infundados los alegatos del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y confirmaron la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, en el recurso de inconformidad RIN/GOB/CG/01/2016 que, entre otras cuestiones, determinó que no se actualizaba la nulidad de la elección en que se registró una diferencia de 130 mil 622 sufragios, es decir, el 8% de la votación entre el primero y el segundo lugar.

 

En la sentencia elaborada por la ponencia de la magistrada María del Carmen Alanis, se revisan las diversas impugnaciones, tales como la falta de registro formal de Murat, actos anticipados de campaña, propaganda negra y calumniosa, corte de señal de celulares y bodegas con despensas y artículos electrodomésticos; así como uso indebido de actas de cómputo y el programa de resultados electorales preliminares; modificaciones en actas, diferencia injustificada en elecciones a gobernador y diputados, entre otros.

 

La magistrada María del Carmen Alanis expuso que no era necesario un nuevo registro del candidato, luego de que esa Sala Superior se pronunció sobre la oriundez del candidato.

 

Consideramos que una barda, tres lonas, 4 espectaculares, dos aplicaciones para celulares son insuficientes para acreditar actos anticipados de campaña, fueron infracciones aisladas que fueron sancionadas.

 

De igual manera señaló que no se acreditó infracción reiterada, sistematizada que haya generado ventaja para el candidato.


Sobre propaganda negra se propone infundado porque en el recurso de revisión 146/2016 se determinó la inexistencia de la falta electoral y por lo tanto, no se acreditó propaganda negra, denostativa y calumniosa”, por lo que propuso a sus pares considerar infundados los agravios reclamados por el PRD y confirmar la declaración de validez de la elección de gobernador; señala un comunicado.

 

dc