Foto: Cuartoscuro/Archivo El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá modificó su proyecto para establecer en que momento se le otorgará la audiencia previa al infractor  

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los conductores que rebasen los niveles permitidos por el alcoholímetro, tendrán derecho de una audiencia previa antes de la prisión administrativa.

 

Los ministros también están considerando la importancia de contar con un médico legista que precise el momento en el que el detenido se encuentre sobrio para presentarse a su audiencia.

 

La resolución partió de contradicción la tesis 171/2019, la cual expresa que no hay justificación suficiente que amerite eximir de la observación previa, a la restricción de libertad personal ambulatoria.

De esta manera, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá modificó su proyecto para establecer en que momento se le otorgará la audiencia previa al infractor.

 

Con información de medios.

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