La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) publicó la NOM-EM002-ASEA-2016 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), para contar con los parámetros para el monitoreo de emisiones en estaciones de servicio.
El organismo de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) informó que con la implementación de esta normatividad se evitará la emisión a la atmósfera de contaminantes precursores de ozono, en especial de Compuestos Orgánicos Volátiles (COV’s).
De esta manera se ha dado el siguiente paso para establecer los métodos de prueba y parámetros para la operación, mantenimiento y eficiencia de los sistemas de recuperación de vapores de gasolinas ya instalados en las estaciones de servicio para expendio al público de gasolinas.
Esta Norma, que forma parte de las medidas anunciadas por el Gobierno de la República tras ser evaluadas por expertos y discutidas y analizadas en el seno de la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) permitirá en el corto y mediano plazo mejorar la calidad del aire de la región.
Ello se deberá a que ayudarán a reducir hasta en 90 por ciento las emisiones evaporativas de compuestos orgánicos volátiles (COV’s) en las estaciones de servicio y en toda la cadena del suministro de combustible, uno de los principales precursores de ozono en el Valle de México.
La NOM publicada tiene una vigencia de seis meses y podrá prorrogarse por el mismo periodo de tiempo. Contribuirá a dar certidumbre técnica y jurídica a los regulados a través del control, medición y reducción de contaminantes a la atmósfera.
El campo de aplicación de esta NOM comprende los sistemas de recuperación de vapores en las estaciones de servicio para almacenamiento y expendio de gasolinas ubicadas en las 16 delegaciones de la Ciudad de México y 18 municipios del Estado de México.
La NOM-EM-002-ASEA-2016 determina los parámetros de control de emisiones en estaciones de servicio. https://t.co/5aJYZ9NlYk
— ASEA (@agencia_asea) 14 de noviembre de 2016
OR