La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente -por unanimidad de los Consejeros Adriana Favela, Beatriz Galindo y José Roberto Ruiz– las medidas cautelares consistentes en el cese de la difusión de cápsulas relativas a una entrevista realizada al presidente nacional del PAN, Ricardo Anaya Cortés, por considerar que se trata de actos consumados de manera irreparable, al advertir que al día de hoy han dejado de trasmitirse.
Sin embargo -por unanimidad- declaró procedente, como tutela preventiva, ordenar a Ricardo Anaya Cortés, abstenerse de solicitar, ordenar, instruir, o en su caso, contratar la difusión de las citadas cápsulas, o cualquier otra de contenido similar, en cualquier medio de comunicación.
De igual forma, ordenó como tutela preventiva a Grupo Radio Centro y sus concesionarias, para que -sin limitar su libertad de expresión y el derecho a la información de su audiencia- se abstenga de retransmitir las referidas cápsulas o cualquier otra de contenido similar.
Las anteriores determinaciones se realizaron a la luz de que las tres cápsulas de radio se difundieron de manera sistemática, desproporcional y reiterada, al detectarse que entre los días 6 y 7 de diciembre, se transmitieron en 288 ocasiones en 7 estaciones, además de que su contenido se relaciona con el programa de acción y principios del Partido Acción Nacional, lo que podría significar una posible adquisición de tiempos de Radio, fuera de los pautados por el Instituto, razón que justifica la medida.
jram