Con 98 votos a favor, siete en contra y una abstención, el Senado de la República aprobó reformas a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal, a fin de permitir el uso medicinal y científico de la cannabis.
De esta manera, se faculta a la Secretaría de Salud a diseñar y ejecutar políticas públicas que regulen el uso medicinal de los derivados farmacológicos de la cannabis sativa, índica y americana o marihuana, entre los que se encuentra el etrahidrocannabinol (THC), sus isómeros y variantes estereoquímicas, así como normar la investigación y producción nacional de los mismos y se elimina a la nabilona y al cáñamo de la lista de las sustancias que se consideran como un problema grave para la salud pública.
Asimismo, será esta misma dependencia quien otorgue las autorizaciones para importar estupefacientes, substancias psicotrópicas, productos o preparados, incluyendo los derivados farmacológicos de la cannabis, entre los que se encuentra el THC, sus isómeros y variantes estereoquímicas.
Se establece que los productos que contengan concentraciones del 1 % o menores de THC, y que tengan amplios usos industriales, podrán comercializarse, exportarse e importarse, cumpliendo los requisitos establecidos en la regulación sanitaria.
También se señala que la siembra, cultivo o cosecha de plantas de mariguana no será punible cuando estas actividades se lleven a cabo con fines médicos y científicos, en los términos y condiciones de la autorización, que para tal efecto emita el Ejecutivo Federal.
Al presentar el dictamen, el presidente de la comisión de Salud, el panista, Salvador López Brito, reconoció que los costos que podría alcanzar la importancion de estos medicamento no generaría una homologación a todo el sector social, por lo que en una primera etapa se permitirá la introducción del extranjero; pero en una segunda etapa, es decir cuando concluya el tema científico, se permitiría la producción nacional.
jram