El Senado de la República aprobó que los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLEs) y las autoridades electorales jurisdiccionales tengan capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto, a fin de permitirles el ejercicio eficaz y oportuno de sus competencias.
Asimismo las autoridades electorales jurisdiccionales podrán conocer y resolver los conflictos o diferencias laborales que surjan con sus servidores públicos, así como de los que se presenten entre los órganos públicos electorales locales y sus trabajadores.
Al argumentar el dictamen, el presidente de la comisión de Justicia, el panista, Fernando Yunes Márquez, señaló que algunos órganos jurisdiccionales locales cuentan con recursos económicos escasos, lo que les obstaculiza realizar sus funciones mínimas y como consecuencia se corre el riesgo de un desempeño deficiente porque con cuentan con los recursos humanos, tecnológicos y materiales necesarios para la impartición de la justicia electoral y estas reformas les permitirán contar con mayores recursos.
Asimismo, el Pleno, avaló con 90 votos a favor y seis en contra, que en los juicios y procedimientos orales, bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido.
Se faculta al Congreso para expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar; así como en el caso de las leyes que sean necesarias, a fin de hacer efectivas las facultades anteriores, y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión.
En el régimen transitorio se dispone que las legislaturas estatales deberán llevar a cabo las reformas a sus constituciones, en un plazo que no excederá de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del Decreto.
jram