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La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) debe dar a conocer las áreas, calles y colonias del municipio de Ecatepec, Estado de México, que serán expropiadas para la construcción del nuevo aeropuerto de la Ciudad de México.

 

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) resolvió que, en específico, deberá indicar si un domicilio de la colonia Nueva Aragón referido por un particular en su solicitud de información se encuentra entre los que serán expropiados.

 

En un comunicado, el comisionado Rosendoevgueni Monterrey señaló que “con esta decisión, se enfatiza la importancia social que tiene una obra con la dimensión del nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México”.

 

Ello, agregó, “por los impactos para el desarrollo económico de la zona, por la incorporación de nuevas actividades productivas y los beneficios que redundarán en el área colindante de 11 municipios del Estado de México y cuatro delegaciones de esta ciudad”.

 

Al presentar el caso ante el pleno, destacó la importancia de transparentar la información, dado que se trata de un proyecto cuya construcción prevé programas de infraestructura destinados a mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Ciudad de México y de las entidades federativas colindantes, con obras que les permitirán mayor movilidad.

 

Lo anterior se desprende de una solicitud de información efectuada por un particular, cuyo interés es conocer la situación de un domicilio en específico.

 

Al no obtener la respuesta solicitada, presentó un recurso de revisión ante el Inai, toda vez que la dependencia se declaró incompetente y orientó al particular a presentar su solicitud ante la Unidad de Transparencia del Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México (GACM).

 

En alegatos, la SCT reiteró su respuesta y proporcionó al solicitante el vínculo para consultar el título de concesión otorgado al GACM, pero el comisionado Monterrey Chepov determinó que la construcción del nuevo aeropuerto trasciende lo establecido en ese documento, ya que no contempla obras complementarias de infraestructura vial y ferroviaria.

 

En ese sentido, se advirtió que la dependencia no cumplió con el procedimiento, previsto en la Ley de Transparencia, para buscar la información, ya que no turnó la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes.

 

De la normatividad aplicable se verificó que las direcciones generales de Carreteras, de Aeronáutica Civil y de Desarrollo Ferroviario y Multimodal cuentan con atribuciones para conocer la información requerida.

 

Por tanto, el pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y le instruyó hacer una búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas competentes, incluidas las señaladas anteriormente, a fin de que entregue al particular la información de su interés.

 

 

OR