La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la Constitución de la Ciudad de México no debe someterse a plebiscito, informó la Consejería Jurídica local.

 

De acuerdo a la resolución del juicio SUP-JDC-56/2016, que promovieron José Luis Luege Tamargo y diversos representantes de la sociedad civil, el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera Espinosa, nunca estuvo obligado a someter a plebiscito el texto constitucional.

 

El tribunal en materia electoral definió que el titular del Ejecutivo local tampoco incurrió en alguna omisión al nombrar a seis diputados que integraron la Asamblea Constituyente.

 

“Reconocemos esta importantísima resolución que emitió por unanimidad el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que en materia electoral es la máxima autoridad de conformidad con lo establecido en la Constitución Federal en el artículo 99”, comunicó la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.

 

Cabe  mencionar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene en proceso otras impugnaciones contra la Carta Magna local que están pendientes de resolución.

 

Postura

 

Cabe destacar que, durante la mesa de análisis Los Derechos Sociales en la Constitución, el titular de la Consejería Jurídica, Manuel Granados, aseveró que no se permitirá que “otra vez se quiera ningunear a la capital de todas y de todos los mexicanos”.

 

Señaló que lo conseguido durante la elaboración del documento no se podrá borrar desde un escritorio y reiteró su llamado a la ciudadanía para defender la Carta Magna.