Isidro Pastor, a quien el Tribunal Electoral del Estado de México le suspendió la candidatura independiente al gobierno del Estado de México por diversas inconsistencias detectadas en el cotejo de las firmas de apoyo ciudadano para su registro, señaló que existen los elementos para que le sea restituida su calidad de candidato independiente.
Después de nueve días de permanecer en huelga de hambre, esta noche decidió terminar con ella ya que asegura cuenta con todos los elementos para volver a ser candidato.
A través de una transmisión por sus redes sociales, Pastor Medrano explicó que después de atender su garantía de audiencia el IEEM le reportó que tiene 12 mil 826 inconsistencias en sus firmas de apoyo, por lo que todavía cumple con la cantidad de apoyos requeridos por la legislación electoral mexiquense y confío en que el próximo domingo el Consejo General del Instituto Electoral mexiquense le restituya su candidatura independiente.
QUÉ DICE EL TRIBUNAL
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México, por la cual se dejó sin efectos el registro de Isidro Pastor Medrano como candidato independiente a la gubernatura de esa entidad.
Durante la sesión de este miércoles, la Sala Superior calificó como infundado el recurso promovido por Pastor Medrano, quien argumentó que el Tribunal mexiquense fue omiso en revisar de manera directa las 129 cajas que contienen las cédulas de respaldo ciudadano para su postulación.
El TEPJF señaló que resultaba jurídicamente inviable que el tribunal mexiquense atendiera dicha solicitud, debido a que esa es competencia directa del Organismo Público Local Electoral, que sí cuenta con el personal especializado y los elementos técnicos para hacerlo.
El 18 de abril el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) revocó la candidatura debido a que el instituto electoral local no verificó con exhaustividad el respaldo ciudadano del aspirante.
Pese a lo anterior, el TEEM señaló que el instituto deberá emitir un nuevo fallo, previa revisión de las cédulas de apoyo, en un plazo de 12 días a partir del día siguiente a la notificación de dicha sentencia.
Los magistrados electorales también resolvieron como infundada la pretensión de Pastor de que la Sala Superior adoptara medidas urgentes para garantizar su participación como candidato independiente en el periodo de campañas.
DCA