El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral de Durango sobre la designación de un delegado en El Mezquita, apoyado en el principio de interculturalidad y tomando en cuenta que el quejoso es un indígena Huichol.
Según informó en un comunicado el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los magistrados de la Sala Regional Guadalajara resolvieron lo anterior en el juicio ciudadano 50 de 2017, promovido por Miguel Cruz Muñoz, indígena de la etnia Huichol.
El quejoso se inconformó contra la sentencia del Tribunal Electoral de Durango, que confirmó la elección del delegado en Santa María de Huazamota, municipio de El Mezquital.
Al analizar el asunto, los magistrados revocaron la determinación de dicho tribunal, con el argumento de que se debió escuchar al presidente municipal para que respondiera al planteamiento del actor respecto al proceso de elección.
Además, para dictar la sentencia se siguió la perspectiva de interculturalidad y se tomó en cuenta el contexto del municipio y de la comunidad indígena de la que se trata.
En otro juicio ciudadano, el 81 de 2017, los magistrados regresaron al Tribunal Electoral de Jalisco la queja contra la elección del Comité Directivo Municipal en Guadalajara del Partido Acción Nacional, por violaciones procesales.
En su sesión de este miércoles, los magistrados de la Sala Guadalajara confirmaron la elección de la diputada local Victoria Anahí Olguín Rojas, luego de que Eduardo Sebastián Pulido Cárdenas se inconformó contra esa resolución.
Los magistrados argumentaron que, para la suplencia de una diputada electa por el principio de representación proporcional, el orden de prelación de la lista conformada por candidaturas de ambos principios, no distingue entre quienes compitieron por representación proporcional o mayoría relativa.
Con relación a los juicios electorales 9 y 10 del presente año, promovidos por personas que se desempeñaron como regidores en municipios de Durango y Sinaloa, los magistrados resolvieron dejar insubsistente la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Durango.
Esto debido a que esa autoridad no era competente para pronunciarse sobre remuneraciones de servidores públicos electos de forma popular que ya no están en su cargo, porque no se considera que exista una violación a un derecho político electoral.
aarl