La Ley Anticorrupción de la Ciudad de México, aprobada el mes pasado en la Asamblea Legislativa local, contiene varias disposiciones que no coinciden con la norma a escala federal, en cuestiones referentes a la creación de nuevas direcciones y a la forma en que éstas se elegirán.
La ley de la CDMX pondera la injerencia de los diputados en las decisiones de varios nombramientos, es decir, que de los legisladores dependerá la remoción de secretarios técnicos e integrantes de los comités.
Las inconsistencias, según un análisis realizado por 24 HORAS, vienen desde la conformación del Comité Coordinador (el eje rector del sistema) que, a nivel local, tiene como integrantes al titular del Consejo de Evaluación de la CDMX y el Órgano de Control del Congreso, lo cual no ocurre con la ley federal.
Otra diferencia del Comité Coordinador consiste en que en el Sistema Nacional le otorga facultades al Presidente para elegir al secretario técnico. En la ley local, este nombramiento lo realizará el nuevo Congreso capitalino, a propuesta de las comisiones de Transparencia y Combate a la Corrupción y la de Vigilancia a la Auditoría Superior.
En cuanto al Comité de Participación Ciudadana, el cual será el vínculo con las organizaciones sociales y académicas en materias relacionadas con el Sistema Local Anticorrupción, nuevamente deja al Congreso local la tarea de integrar un comité de selección que nombrará a los integrantes, además de que no específica cuántas personas lo conformarán.
En la ley federal se detalla que serán cinco los integrantes del Comité de Participación Ciudadana y que éstos se elegirán a través de una comisión en el Senado de la República, en la que se convocará a las instituciones de educación superior y de investigación para proponer candidatos idóneos.
La Ley Anticorrupción de la CDMX incluye la existencia de una Comité Consultivo del Sistema de Fiscalización, figura que no tiene su equivalente a escala federal.
Fernando Alcázar, investigador del Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco) comentó, en una entrevista con 24HORAS, que la integración del Consejo de Evaluación de la CDMX y del Órgano de Control del Congreso de la CDMX al Comité Coordinador no tiene razón de ser, puesto que estas figuras no respetan el modelo del Sistema Nacional Anticorrupción, además de que no se encargan de tareas de fiscalización, auditoría o de la persecución de delitos en ese rubro.
Respecto al Comité de Participación Ciudadana, dijo que dada la ambigüedad del texto, se corre el temor de que el Comité de Selección sea integrado por diputados y, por lo mismo, el Comité de Participación sea una extensión del Congreso.
Otro tema preocupante es que el Secretario técnico, que encabeza la Secretaría Ejecutiva del Comité Coordinador, será elegido por el Poder Ejecutivo de la CDMX, lo cual no sucede en ninguna otra entidad.
Por tal razón, el especialista consideró que debe volver a discutirse la ley, para enmendar los errores que se advirtieron desde que se aprobó la legislación en la ALDF.
caem