La reforma constitucional en materia de seguridad y justicia del 18 de junio de 2008 sentó las bases para investigar los delitos y procurar justicia de una forma rigurosa en apego al derecho humano y debido proceso, el cual se sustenta en la investigación científica del delito, donde la confesión dejó de ser el medio sustantivo para probar la responsabilidad penal de una persona. Por mandato del artículo 21 constitucional, la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las Policías; asimismo, el artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales ratifica la obligación al Ministerio Público de ejercer el mando de la investigación del delito en el sentido de coordinar a las Policías y a los peritos.

 

La facultad investigadora de la Procuraduría General de Justicia capitalina, al igual que en todo el país, se integra por actos de investigación que el Ministerio Público realiza en su papel de investigador jurídico; por su parte, la Policía de Investigación asume la tarea de investigador fáctico, y los peritos son investigadores técnicos. Esta concatenación de esfuerzos se denomina Trilogía Investigadora.

 

Al momento de conocer una conducta delictiva, se practicarán diligencias para esclarecer el hecho, sus circunstancias relevantes e identificar a los autores y partícipes; las primeras acciones que realiza la Trilogía Investigadora en el lugar de los hechos son: eliminar fuentes de peligro, acordonar o clausurar, asegurar el lugar de los hechos, buscar e identificar indicios, fijación, levantamiento, embalaje, aseguramiento y traslado del indicio, registro de la cadena de custodia y práctica de entrevistas para identificación de testigos, entre otras.

 

En el contexto de la investigación, cada sujeto de esta trilogía tiene definidas sus responsabilidades. El Ministerio Público dirige la investigación y formula la imputación, o no, en representación de la víctima. El perito como especialista en diversas áreas técnicas y científicas reúne pruebas y las explica en audiencia pública, mediante un dictamen y, en su caso, responderá al interrogatorio que le formulen las partes. La Policía de Investigación apoya al Ministerio Público en preservar el lugar de los hechos, recibe denuncias, realiza detenciones, recaba información y ejecuta en el campo la investigación.

 

El trabajo coordinado de la Trilogía Investigadora es relevante en las tres etapas del procedimiento penal acusatorio. La etapa de investigación inicia con una denuncia o querella, donde los peritos y la Policía recolectan elementos que permitan al Ministerio Público determinar si resulta procedente iniciar un proceso penal contra una persona para fundamentar su acusación. En la etapa intermedia se ofrecen y admiten pruebas y depuran hechos controvertidos y, de ser el caso, se aportan elementos para que las partes opten por alguna salida alterna de solución a su controversia. Finalmente, en la etapa de juicio oral, se presentan las pruebas, y con esta base el Tribunal de Juicio Oral resolverá el conflicto.

 

La investigación científica del delito evita que datos de prueba inconsistentes comprometan los derechos humanos, proporciona certeza a las víctimas sobre la objetividad y confianza de la procuración de justicia y, lo más importante, sus metodologías, conocimientos y técnicas son vías para esclarecer hechos y evitar la impunidad.

 

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