El INAI instruyó al Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR) dar a conocer los nombres de servidores públicos responsables de los procesos de adquisiciones, arrendamientos y servicios para las producciones Garbanzos de a Libra y ¡De Aquí Soy! ¿Y tú, Dónde Andas?
Al presentar el caso ante el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov dijo que, por mandato legal, los sujetos obligados deben favorecer la rendición de cuentas de los procesos relacionados con las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios de cualquier naturaleza, efectuados con recursos públicos.
Lo anterior, luego de que un particular solicitó información de las producciones Garbanzos de a Libra y ¡De Aquí Soy! ¿Y tú, Dónde Andas?, como nombre de las personas que integraron el Comité de Adquisiciones, de los integrantes de la mesa de análisis de contenidos que autorizaron las producciones y de los servidores públicos que dieron el visto bueno para la adquisición, mediante adjudicación directa.
En un comunicado, señala que respecto a los integrantes del Comité de Adquisiciones, el Sistema Público de Radiodifusión señaló que la información podía consultarse en el Manual de Integración y Funcionamiento de su Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, y proporcionó el vínculo electrónico.
Sobre los integrantes de la mesa de análisis, dijo que está conformada por ocho servidores públicos que dirigen áreas fundamentales del flujo del trabajo interno: Presidencia, Coordinación de Producción, Coordinación Administrativa, División de Recursos Materiales, División de Imagen, Oficina de Investigación y Creatividad, División de Relaciones Públicas y División de Desarrollo de Tecnologías de la Información.
Sobre los servidores públicos encargados de llevar a cabo la adquisición, omitió pronunciarse, por lo que el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que no le fueron proporcionado los nombres requeridos.
En el análisis del caso, se determinó que la información proporcionada por el sujeto obligado es incompleta, se corroboró que, de la normatividad aplicable, se desprende la obligación de documentar, a través de actas, las sesiones que realicen sus órganos colegiados, entre los que se encuentran los relacionados con la solicitud, y se limitó a señalar los cargos de los funcionarios que le fueron solicitados y no turnó la solicitud a todas sus unidades administrativas.
En ese sentido, se concluyó que incumplió con el principio de máxima publicidad y disponibilidad de la información, previsto en Ley de Transparencia.
Debido a lo anterior, el pleno del INAI modificó la respuesta del Sistema Público de Radiodifusión y le instruyó una nueva búsqueda en sus unidades administrativas competentes, sin omitir a la Coordinación de Producción de la Coordinación Administrativa, la Dirección de Imagen Institucional y la Oficina de Adquisiciones.
Ordenó proporcionar al particular el acta del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios mediante la cual se aprobaron las producciones y en la cual se aprecien los nombres de sus integrantes, la expresión documental que contenga el nombre de los servidores que integraron la mesa de análisis de contenidos, y los nombres de los funcionarios que dieron el visto bueno para la adjudicación directa de dichas producciones.
aarl