La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión expedir una ley en la que se regule el gasto en publicidad oficial antes del 30 de abril de 2018.

 

En la sesión de ayer, los ministros votaron 4 a1, a favor del proyecto de Arturo Zaldívar, que señala que la falta de regulación de la publicidad oficial tenía un efecto silenciador en los medios y era una restricción indirecta a la libertad de expresión.

 

Lo anterior, a fin de dar cumplimiento a la reforma constitucional publicada el 10 de febrero de 2014, en la que se estableció que antes del 30 de abril de 2014, el Congreso de la Unión debía expedir la legislación en materia de publicidad oficial, lo que hasta ahora no ha ocurrido.

 

Originalmente, el amparo fue tratado por un juez federal en materia administrativa en la Ciudad de México, quien determinó archivarlo (sobreseerlo) bajo el argumento de que no era procedente, ya que el amparo no aplicaba para temas “político-electorales”, y que además se violaba el principio de relatividad, pues la sentencia podría beneficiar a terceros ajenos al procedimiento.

 

El incumplimiento de esta obligación se tradujo en un gasto superior a los 36 mil millones de pesos que se invirtieron en publicidad gubernamental entre 2013 y 2016, que podrían convertirse en 60 mil millones de pesos debido a la contienda electoral de 2018, según el Centro de Análisis e Investigación Fundar.

 

Por esa razón, Artículo 19, una organización no gubernamental con presencia internacional, promovió un amparo en contra de la omisión del Congreso de dar cumplimiento al mandato constitucional.

 

En agosto de 2015, la Primera Sala consideró que había elementos suficientes para que el caso fuera abordado por el máximo tribunal del país, ante la posible violación de derechos fundamentales con esta situación.

 

 

Xavier Rodríguez

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ESPERAN CUMPLIMIENTO

Al respecto de la sentencia, el ministro Arturo Zaldívar dijo la decisión de la SCJN es trascendente e histórica. “Es la primera vez que en nuestro país, a través de un juicio de amparo, la Suprema Corte ordena al Poder Legislativo a que emita una legislación a la que está obligado en términos de la Constitución”.

 

“Es un parteaguas en la defensa de los derechos humanos porque por primera vez hay un medio al alcance de los ciudadanos para obliga al Poder Legislativo a que cumplan con la Constitución”.

 

Zaldívar señaló que la forma en que actuará el Congreso “es una cuestión que corresponde al Congreso, en la cual la Suprema Corte no puede meterse y no hacemos ningún pronunciamiento sobre esto (…) Exhorto al Poder Legislativo a que cumpla con la sentencia, no me gustaría hablar en este momento de incumplimiento”.

 

 

Artículo 19: es un fallo histórico

Leopoldo Maldonado Gutiérrez, oficial del programa de Protección y Defensa de Artículo 19, dijo que la decisión de la Suprema Corte es un fallo histórico, porque determina sobre la censura indirecta que constituye la asignación de la publicidad oficial.

 

“La designación de estos recursos era opaca, discrecional, arbitraria, y como en este país, históricamente, se ha utilizado para amordazar a los medios, la lógica era premiar a quienes tienen líneas editoriales favorables al oficialismo y castigar a quienes no las tienen.

 

“En segundo, por demás, amplía las posibilidades del juicio de amparo. En este caso particular porque había un mandato de la Constitución que fue incumplido por el Congreso de la Unión y es en esos términos, que el Tribunal constitucional asume un papel activo y establece una vez más al Congreso un límite para que legisle en esta materia y cumpla en sus obligaciones”, señaló en una entrevista para 24 HORAS.

 

Maldonado Gutiérrez señaló que este litigio aún no acaba; ahora Artículo 19 estará pendiente de que el Congreso de la Unión cumpla, pues “se obstaculizaba el derecho a la información”.

 

 

 

*edición impresa 24 Horas

 

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