Foto: Reuters Deberán cumplir con nueve requisitos con el objetivo de prestar servicios de acceso a la red local  

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) aprobó el Plan Final para la separación Telmex y Telnor, quienes deberán cumplir con nueve requisitos con el objetivo de prestar servicios de acceso a la red local, así como los enlaces dedicados locales e infraestructura pasiva asociados a dicha red a otros operadores en condiciones no discriminatorias.

Asimismo, previó un procedimiento para que presentara una propuesta de plan de implementación, considerando que éste cuenta con la información precisa sobre la situación de la empresa y su operación.

Ello, a efecto de otorgar la suficiente flexibilidad para que el propio Agente Económico Preponderante (AEP) presentara la alternativa que cumpliera con la separación ordenada en la forma más viable y al menor costo posible.

Por lo que las empresas mayoristas que se constituirán a partir de Telmex y Telnor deberán proveer los servicios de desagregación de la red local, así como los enlaces dedicados locales y la infraestructura pasiva a operadores que ofrezcan servicios a usuarios finales.

También, presentar trimestralmente ante el Instituto reportes de cumplimiento de las medidas de preponderancia, establecer el principio de no discriminación como un lineamiento general a ser aplicado en todos los procedimientos, sistemas y códigos de ética y actuación de sus empleados.

Además de contar con un Consejo de Administración diferente de las empresas integrantes del Agente Económico Preponderante con título de concesión en materia de telecomunicaciones, el cual estará conformado por un mínimo de siete miembros, de los cuales la mayoría deberá ser independiente, incluido su presidente, quien tendrá voto de calidad.

Los consejeros independientes deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 26 de la Ley del Mercado de Valores y no podrán ser removidos sin la aprobación del Ifetel, contar con un Comité de Auditoría y un Comité de Cumplimiento Regulatorio, así como con domicilios distintos a los de Telmex, Telnor y Telcel, en donde se realicen las funciones de administración y toma de decisiones de las nuevas empresas.

De igual manera, tener marca propia, signos distintivos y nombres comerciales diferentes a dichas empresas, tener sistemas operativos y de gestión independientes de los del AEP para el trámite y atención de las solicitudes de servicios mayoristas y con personal independiente, por lo que los empleados no podrán laborar al mismo tiempo en otra de las empresas integrantes.

La separación funcional ordenada por el Instituto no supone una separación estructural, ni desincorporación de las empresas, por lo que éste será responsable de la viabilidad técnica, económica y financiera de las nuevas empresas mayoristas, para lo cual deberá aportarles los recursos necesarios para que cumplan con su objeto social, contemplando en todo momento el respeto de los derechos laborales de los trabajadores.

Por lo que, se contará con un periodo de dos años para implementar la separación funcional, durante el cual deberá presentar ante el Instituto un plan de transferencia de recursos (activos y pasivos), uno de migración de personal y otro de elementos de red e infraestructura.

Además, deberá someter para aprobación del Instituto los estatutos sociales que regirán el funcionamiento de las nuevas empresas, así como los códigos de ética y actuación de su personal.

A través de un grupo de transición en el que participan el Instituto y el AEP, se dará seguimiento al cumplimiento de las diversas actividades necesarias para que se concrete la separación funcional en tiempo y forma, sin perjuicio de las facultades de supervisión y verificación que corresponden al órgano regulador.

 

JMSJ